Actualizado 14/01/2014 15:03

Protectores de animales en protesta por muerte de un caballo

Doma de caballos, jinetada, Argentina
Foto: FACEBOOK

BUENOS AIRES, 14 Ene. (EUROPA PRESS) -

   La Fundación 'Sin Estribo', de defensa y protección de animales y en especial de equinos, cortará este martes, 14 de enero, una parte de la ruta 9, que une la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la frontera boliviana, en protesta por la muerte de un caballo durante el 49 del Festival de Doma y Folklore.

   La protesta, que la organización ha convocado a través de las redes sociales, se desarrollará a partir de las seis de la tarde, y se produce después de que un juez haya rechazado el recurso de amparo presentado por la asociación contra la realización de jineteadas durante el festival.

   "Los caballos necesitan una voz que los represente, que "diga" por ellos. BASTA DE ESPECTACULOS CON ANIMALES!!!", escribió la organización animalista en su cuenta de Facebook.

   La Fundación, junto a la Mesa de proteccionistas de animales de Córdoba, presentó una acción judicial después de la muerte de un caballo durante una de las noches del festival.

   "Queremos la suspensión de la jineteada hasta tanto se acrediten los extremos que estamos denunciando. Tenemos sustento, que son todos los años de muerte de animales y jinetes lesionados", destacó en diálogo con un medio local, Andrea Olazábal, presidenta de la Fundación.

   Además, la asociación pide que se declare inconstitucional "la ley 8952, porque es contraria a la ley 14346, a la ley general de ambiente y a la declaración universal de los derechos del animal", expresó Olazábal.

   La defensora de los animales consideró que año a año "se reedita este mal llamado circo romano, esta jineteada donde se maltratan personas y animales". "Lo que pasa que en Córdoba es un buen negocio", apuntó.

   Sin embargo, el magistrado consideró que la presentación del recurso no reunía los requisitos de admisibilidad y la rechazó "in limine", es decir, considerando que el momento de la presentación fue extemporáneo y que, por tanto, no obligaba al juez a formular explicaciones, según informa Infojus.

   Además considera que "no se advierte que en el desarrollo de la jineteada, ni en su comienzo ni después, en sus traslados, se realicen con claridad, evidencia o contundencia, actos o conductas de maltrato específico o de abuso al animal".