Actualizado 13/03/2008 17:45

Brasil.- Exteriores advierte a los ciudadanos españoles que Brasil está aplicando controles migratorios "más rigurosos"

Recomienda antes de viajar informarse en la Embajada y los Consulados sobre los requisitos necesarios para entrar en territorio brasileño


MADRID, 13 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación advierte desde ayer a los españoles que deseen viajar a Brasil que las autoridades de ese país están aplicando "con mayor rigor" los controles de inmigración en sus aeropuertos, coincidiendo con la polémica por las expulsiones de connacionales de ambos países.

Además, el departamento que dirige Miguel Angel Moratinos recomienda a los ciudadanos españoles que antes de viajar a Brasil se informen en la Embajada o en los Consulados Generales de ese país en España sobre los requisitos necesarios para entrar en territorio brasileño.

Por último, en las recomendaciones de viaje que hace habitualmente el Ministerio de Asuntos Exteriores en su página web consultadas por Europa Press --que fueron actualizadas ayer miércoles--, aseguran que las autoridades españolas están haciendo "gestiones" para tratar de "restablecer la situación anterior".

En esas recomendaciones, Exteriores precisa que la documentación necesaria para entrar en territorio brasileño son contar con un pasaporte en regla y que tenga una validez de al menos seis meses. Además, aclara que no hace falta un visado salvo para estancias superiores a 90 días, o por motivos distintos del turismo.

REQUISITOS DE ENTRADA EN ESPAÑA

El Ministerio del Interior español informa en su página web que los extranjeros que quieren entrar en el país deberán tener un pasaporte "válido", además de acreditar medios de vida "suficientes" para el tiempo que pretenda permanecer "o estar en condiciones de obtener legalmente dichos medios".

Sobre los recursos económicos, se deberá acreditar una cantidad que represente en euros el 10% del salario mínimo interprofesional bruto o su equivalente legal en moneda extranjera multiplicada por el número de días que pretendan permanecer en España y por el número de personas que viajen a su cargo.

Durante 2008, la cantidad mínima a acreditar es de "60 euros por persona y día", con un "mínimo de 540 euros" o su equivalente legal en moneda extranjera, y en los casos en tránsito a terceros países, se acreditará tener billete o billetes nominativos, "intransferibles y cerrados", en el medio de transporte que pretendan utilizar.

El extranjero está obligado a exhibir esos recursos en efectivo, o mediante la presentación de cheques certificados, cheques de viaje, cartas de pago, o tarjetas de crédito, que deberán ir acompañadas del extracto de la cuenta bancaria o una libreta bancaria puesta al día y no se admitirán cartas de banco ni extractos bancarios de Internet.

DOCUMENTOS

Por otro lado, según ha comprobado Europa Press, subraya que los extranjeros deberán, "si así se les requiere", especificar el motivo de su solicitud de entrada, y los funcionarios responsables del control podrán exigirles presentar documentos que "justifiquen" o establezcan la "verosimilitud" del motivo de entrada.

En concreto, a los que viajen por motivos profesionales se les podrá exigir invitación de una empresa o autoridad para participar en reuniones de carácter comercial, industrial o vinculadas al servicio, documentos de los que se desprenda que existen relaciones comerciales o vinculadas al servicio, y tarjetas de acceso a ferias y congresos.

Para viajes realizados en el marco de estudios, o con fines de formación o investigación, se podrá exigir el documento de preinscripción o admisión de un centro de enseñanza público o privado legalmente reconocido para participar en cursos, y el carné de estudiante o certificados relativos a los cursos seguidos.

Por último, para los viajes de carácter turístico o privado, se podrán exigir documentos justificativos del establecimiento de hospedaje, la confirmación de la reserva de un viaje organizado, el billete de vuelta o de circuito turístico, o la invitación de un particular.

DENEGACION DE ENTRADA

Interior también informa de que los extranjeros que no reúnan esos requisitos les será denegada la entrada mediante resolución "motivada y notificada", con información sobre los recursos que puedan interponer, plazo y autoridades ante las que hacerlo, y de su derecho a la asistencia letrada de oficio y, en su caso, de intérprete.

Por otro lado, subraya que al extranjero que le sea denegada la entrada se le estampará en el pasaporte un sello de entrada tachado, debiendo permanecer en las instalaciones destinadas al efecto en el puesto fronterizo hasta que, "con la mayor brevedad posible", regrese al lugar de procedencia o continúe viaje hacia otro país.

La Embajada de Brasil en España informa desde el pasado 7 de marzo en su página web sobre los requisitos de entrada en España, en los que precisa que no es necesario un visado si el motivo del viaje es turístico, de estudios o de negocios si la estancia no excede de 90 días y siempre que no se hagan actividades remuneradas.

Por su parte, el Ministerio de Asuntos Exteriores de Brasil también ha incluido en su página web una advertencia a los nacionales que quieran viajar a España, en la que se incluye un documento con recomendaciones "antes de viajar" así como los requisitos que exigen las autoridades españolas para entrar en su territorio.

REQUISITOS PARA ENTRAR EN BRASIL

Las páginas web de la Embajada de Brasil en España, del Consulado de Brasil en Madrid y del Ministerio de Relaciones Exteriores en Brasilia no recogen un listado claro y preciso de la documentación que necesitan los ciudadanos extranjeros para poder entrar en Brasil legalmente.

La Policía Federal precisa en su página web que los turistas que pretendan entrar en Brasil y a los que no se exige visado --entre los que está España-- tienen un periodo de estancia máximo de 90 días, prorrogable "a criterio de la Policía Federal" por otros 90 días, no pudiendo superar en ningún caso los 180 días al año.

Según datos del Gobierno de Lula da Silva, en lo que va de año las autoridades migratorias españolas han impedido la entrada a unos 750 brasileños --el año pasado fueron en torno a 3.000--, mientras que la Policía Federal brasileña ha rechazado la entrada de una treintena de españoles en los últimos días.

Esta crisis ha obligado a los gobiernos de ambos países a buscar soluciones. De momento, los ministros de Exteriores han acordado que después de Semana Santa se celebre una reunión en un lugar aún por precisar para "limar asperezas", y también se está a la espera de una llamada de Lula a Zapatero.