Actualizado 27/04/2010 14:45

Air Comet.- Los 24.000 afectados por el cierre de Air Comet cuentan con un mes para reclamar sus deudas


MADRID, 27 Abr. (EUROPA PRESS) -

Los cerca de 24.000 pasajeros afectados por el cierre de Air Comet cuentan desde hoy con un plazo de un mes para comunicar al Juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid que tramita el concurso de acreedores los importes que les adeuda la compañía.

El plazo de comunicación de créditos de los acreedores comenzó hoy tras la publicación del auto de declaración del concurso, dictado el pasado 20 de abril, en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El órgano judicial calcula que aproximadamente existen unos 24.000 afectados (equivalentes a 45.000 trayectos vendidos dejados de realizar) y 740 trabajadores que a fecha de hoy tienen su relación laboral con la compañía suspendida por el ERE aprobado el pasado mes de enero, que no tuvo carácter de extintivo de los contratos.

A partir de ahora, los acreedores deberán comunicar a la administración concursal sus créditos por correo ordinario a la dirección: 'Administración concursal del concurso de Air Comet', Paseo de la Castellana número 60, 5º, 28046 Madrid, mediante el fax 917810841 o a través del correo electrónico info@concursoaircomet.com.

Además, en los próximos días y durante la tramitación del concurso la información se podrá consultar en la página web www.concursoaircomet.com.

En su auto, el titular del Juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid, Francisco de Borja Villena, concluyó que la compañía posee un activo de 84,5 millones de euros frente a un pasivo de 310,4 millones de euros.

El juez ha nombrado como administradores concursales de la compañía al economista y auditor Luis Arqued Alsina, al abogado Mariano Hernández Montes y a la Agencia Tributaria, que deberá designar a su representante.

Air Comet presentó el pasado 24 de marzo su petición de concurso de acreedores voluntario, después de que la compañía fracasara en su intento de negociar el pago de la deuda, tras acogerse al artículo 5.3 de la Ley Concursal, que le otorgó un plazo de tres meses para tratar de evitar la insolvencia.