Publicado 04/09/2013 01:28

Uruguay aprueba nueva regulación para minería de gran tamaño


MONTEVIDEO, 4 Sep. (Reuters/EP) -

- El Congreso uruguayo aprobó el martes un nuevo código minero que regula por primera vez la megaminería y establece fuertes impuestos a la actividad, que ayudarán a crear un fondo de inversión soberano.

La Cámara de Diputados sancionó la norma con 52 votos a favor del oficialismo y del Partido Independiente. Los partidos opositores Nacional y Colorado votaron en contra.

"Aquí estamos ante una nueva etapa del Uruguay productivo, estamos ante la posibilidad de incorporar otra cadena de valor a la producción y estamos dejando a las futuras generaciones dos cosas: los recursos actuales (...) y la posibilidad de que (...) puedan seguir (...) las futuras actividades mineras", dijo el legislador oficialista Julio Battistoni.

Agregó que algunas zonas del interior del país tendrán un desarrollo "inaudito" a partir de la explotación minera de gran tamaño.

"Uruguay también va a tener minería como uno de los principales aportes al PIB (Producto Interno Bruto). Eso significa que vamos a poder desarrollar zonas del interior del país que de ninguna otra manera podríamos hacerlo", afirmó.

La ley define como minería de gran porte a toda explotación que ocupe más de 400 hectáreas o que cuente con una inversión superior a 830 millones de unidades indexadas a la inflación (unos 100 millones de dólares a valores actuales) o que el valor anual de su producción supere ese monto.

La norma busca llenar un vacío legal en momentos en que el grupo minero Zamin Ferrous analiza la viabilidad de un demorado proyecto de explotación de hierro por el que invertiría 3.000 millones de dólares.

El proyecto Aratirí, que busca producir 18 millones de toneladas anuales de hierro, tenía previsto entrar en operación en 2015, pero la discusión parlamentaria y cambios a los impuestos lo pusieron en espera.

Uruguay, un país mayormente agroexportador, albergaría importantes reservas de mineral de hierro.

El código, aprobado por la Cámara de Senadores a mediados del mes pasado, también establece que las explotaciones mineras de gran porte no podrán obtener exoneraciones tributarias a la renta empresarial, como el resto de los sectores de la economía, salvo que se industrialice lo extraído.

Deberán pagar un canon anual y el impuesto a la renta empresarial de un 25 por ciento más un adicional a ese tributo en función de las ganancias, que será de entre un 0 y un 38 por ciento.

La norma incluye además regulaciones medioambientales, como la implementación de planes para el cierre de minas.

Con el 70 por ciento de los ingresos que obtenga el Estado se creará un fondo de inversión soberano que será administrado por el Banco Central.

El fondo podrá ser utilizado únicamente para comprar títulos de renta fija emitidos por Uruguay, países de muy alta calificación crediticia u organismos multilaterales, títulos de renta fija o variable que coticen en algún mercado formal local o depósitos bancarios, con ciertas restricciones en cada caso.