Actualizado 08/04/2015 13:45

Argentina promulga la ley nacional de prevención del suicidio

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Foto: CREATIVE COMMONS

BUENOS AIRES, 8 Abr. (Notimérica) -

   La ley nacional de prevención del suicidio ha sido promulgada por Argentina este miércoles y publicada en el Boletín Oficial, después de que se sancionara el pasado 11 de marzo en el Senado por unanimidad, y ahora el poder ejecutivo tendrá 90 días para reglamentarla.

   El objetivo de la ley es "la disminución de la incidencia y prevalencia del suicidio, a través de la prevención y asistencia", según desarrolla el Boletín Oficial.

   Por eso, la norma declara "de interés nacional", "la atención biopsicosocial, la investigación científica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección y atención de las personas en riesgo de suicidio y la asistencia a las familias de víctimas del suicidio".

   En ese marco, la normativa entiende como intento de suicidio "toda acción autoinfligida con el objeto de generarse un daño potencialmente letal" y como posvención "las acciones e intervenciones posteriores a un evento autodestructivo destinadas a trabajar con las personas, familia o instituciones vinculadas a la persona que se quitó la vida".

   Entre los objetivos de la ley también destacan "el desarrollo de acciones y estrategias para lograr la sensibilización de la población", "el desarrollo de los servicios asistenciales y la capacitación de los recursos humanos" y "la promoción de la creación de redes de apoyo de la sociedad civil a los fines de la prevención, la detección de personas en riesgo, el tratamiento y la capacitación".

   La ley será aplicada por el Ministerio de Salud, que, entre otras tareas relacionadas con la prevención, deberá "desarrollar campañas de concienciación sobre factores de riesgo y generación de factores de protección a través de los medios masivos de comunicación y otros alternativos".

   Además, la cartera sanitaria tendrá que habilitar una línea telefónica gratuita de escucha a situaciones críticas, cuyos operadores estarán debidamente capacitados en la atención en crisis y riesgo suicida y dotados de la información necesaria referida a una red de derivación y contención, según explica la agencia de noticias argentina Télam.

   Sobre la asistencia, la norma indica que "la autoridad de aplicación, en coordinación con las diferentes jurisdicciones, deberá elaborar y mantener actualizado un protocolo de atención del paciente con riesgo suicida o con intento de suicidio, que contenga la identificación de factores predisponentes, psicofísicos sociodemográficos y ambientales, a los fines de poder definir las estrategias de intervención".

   Por otra parte, dispone que las obras sociales y las empresas de medicina "deben brindar cobertura asistencial a las personas que hayan sido víctimas de intento de suicidio y a sus familias, así como a las familias de víctimas de suicidio, que comprende la detección, el seguimiento y el tratamiento de acuerdo a lo establecido por la autoridad de aplicación".