Actualizado 18/08/2016 22:11

Las 7 claves que han anulado el 'tarifazo' en Argentina

ENRIQUE MARCARIAN
REUTERS

   BUENOS AIRES, 18 Ago. (Notimérica) -

   La justicia argentina ha suspendido por el momento la subida de las tarifas de los servicios públicos de gas, luz y agua impuesta por el Gobierno de Mauricio Macri. Dicha interrupción se ha apoyado en la Ley 24.076 de Gas Natural que impone la obligación a una consulta y participación de los usuarios y consumidores prevista en el artículo 41 de la Constitución Nacional.

   Se trata de la acción más relevante de la Corte Suprema desde que el presidente argentino asumió el cargo en diciembre del pasado año. Este se debe a que las tarifas deben de atenerse a los valores abonados con anterioridad al plan de ajuste del Ejecutivo, de forma que debe de mantenerse la tarifa previa.

   Además, el máximo tribunal del país ha exigido al Congreso la designación de un Defensor del pueblo que medie en esta causa. De esta forma, se ha diferenciado a dos sectores --comercios frente a usuarios residenciales-- para la resolución de la causa. Por una parte, se han habilitado las subidas en el precio del gas a las empresas del país (que suponen el 70 por ciento del consumo total), mientras que el otro 30 por ciento recae en los particulares.

   Dentro de este apartado de usuarios no residenciales se encuentran los clubes, pequeñas y medianas empresas, generadoras eléctricas e instituciones. Por tanto, la Corte ha suspendido el apartado que compete solamente a los particulares, mientras que para el otro sector se aplicará una facturación tope del 500 por ciento prevista en la última resolución gubernamental.

   Por eso, se entiende que uno de los errores de la propuesta del llamado 'tarifazo' viene dado por la sentencia dictada por la Cámara, ya que se planteó a efectos generales sin tener en cuenta los "intereses individuales homogéneos" que ha destacado la Corte.

   En palabras recogidas por el diario argentino 'La Nación', los jueces han aclarado que los usuarios residenciales son "ciudadanos a quienes les resulta difícil hacer una demanda por sí mismos y por eso se ve afectado el acceso a la justicia, así pueden ser representados en una sentencia colectiva".

   Es así como el tarifazo ha quedado eximido de su aplicación, ya que para cubrir el porcentaje de los residenciales se necesita la realización de una audiencia pública antes de cobrar los aumentos y establecer un nuevo cuadro tarifario.

   Por tanto, el Centro de Información Judicial (CIJ) ha establecido siete puntos que explican el 'no' al aumento de precios en el país:

   1. 'Para la fijación de tarifas de gas, la audiencia pública previa es de cumplimiento obligatorio'.

   2. 'Se confirma la sentencia apelada en cuanto declara la nulidad de las resoluciones cuestionadas'.

   3. 'La decisión se circunscribe al colectivo de los usuarios residenciales'.

   4. 'Respecto de ellos, las tarifas deberán retrotraerse a los valores vigentes previos al aumento dispuesto por las resoluciones que se invalidan'

   5. 'Se mantiene la tarifa social'

   6. 'Se pone en conocimiento del Congreso de la Nación la necesidad de dar cobertura al cargo de Defensor del Pueblo de la Nación'.

   7. 'Se recuerda a los tribunales el riguroso cumplimiento de la acordada de la Corte Suprema de Justicia sobre procesos colectivos'.

LOS COSTOS FISCALES DE LA ANULACIÓN

   Ante este cancelamiento por parte de la Corte Suprema, varios expertos en energía y economía han considerado que ello supondrá un importante costo fiscal por el atraso para poder elaborar un cuadro tarifario tras las audiencias.

   Es el caso del jefe de la Fundación de Investigaciones Económicas Latinoamericanas (FIEL), Santiago Urbiztondo, quien ha estimado la decisión del Alto Tribunal como que "se complica en varias facetas e implica en términos fiscales la imposibilidad de aplicar mayores precios por más de ocho meses", tal y como publica 'La Nación'.

   De igual manera ha indicado que se trata de un "costo importante que marca un error del gobierno porque se desestimaron las dificultades", haciendo referencia a una próxima convocatoria de las audiencias públicas que "deberían ser manejables pese al ruido político y el oportunismo de la oposición".

   Por otro lado, el exsecretario de Energía, Jorge Lapeña, ha evaluado la interrupción como aquello que "pone las cosas en su justo término". A pesar de ello, ha valorado la necesidad de subir los valores en condiciones de gradualidad y con la tarifa social.

   Por su parte, otro exsecretario llamado Emilio Apud ha advertido de los costos considerables que va a desencadenar la decisión, estimando la cantidad en 700 millones de dólares (cerca de 10.447 millones de pesos argentinos) por los diez meses que no se cobrarán las tarifas, que "eran necesarias para que las empresas volvieran a moverse", ha aseverado.

   Así, ha puesto esperanza en el avance a la renegociación de contratos aunque de esta manera "el Gobierno deberá endeudarse o hacer menos obra pública, porque es una restricción muy grande para conseguir inversiones después del vaciamiento que hizo el kirchnerismo".

   De esta forma, varios expertos en la materia han coincidido en que se trata de una opción beneficiosa a corto plazo mientras que serán más duras sus consecuencias a largo plazo, ya que el Ejecutivo de Macri deberá adoptar una postura que indistintamente de cual sea, tendrá consecuencias negativas en el país.