Actualizado 19/12/2012 04:15

Colombia.- La CoIDH declara a Colombia "internacionalmente responsable" de la masacre de Santo Domingo


BOGOTÁ, 19 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) ha condenado este martes al Estado colombiano al considerar que es "internacionalmente responsable" de la masacre del municipio de Santo Domingo, ubicado en el departamento de Arauca, en el noreste del país iberoamericano.

La matanza se perpetró el 13 de diciembre de 1998, cuando aviones de la Fuerza Aérea Colombiana (FAC) lanzaron un dispositivo cluster formado por seis bombas de fragmentación sobre Santo Domingo, en el marco de un operativo militar contra las guerrillas colombianas que duró varios días.

Como consecuencia de ello, 17 personas murieron, incluidos seis niños, y 27 resultaron heridas, entre ellas diez niños. Además, los habitantes del municipio araucano tuvieron que abandonar sus hogares y no pudieron volver hasta enero de 1999.

Por estos hechos han sido condenados los tres tripulantes del avión de la FAC, aunque posteriormente el Tribunal Superior de Justicia de Bogotá solamente ha ratificado la sentencia contra dos de ellos, así como el Estado colombiano en vía contencioso-administrativa.

Los siete magistrados asignados por la CoIDH a este caso han decidido por unanimidad condenar a Colombia "por las violaciones de los Derechos Humanos" cometidas en el marco del operativo militar, señalando la vulneración de los derechos a la vida y a la integridad física y los desplazamiento forzosos.

El alto tribunal ha argumentado que, "dada la capacidad letal y la precisión limitada del dispositivo cluster, el lanzamiento del mismo sobre el casco urbano de Santo Domingo era contrario al principio de precaución reconocido por el Derecho Humanitario".

A ello ha añadido que "los actos de ametrallamiento contra la población civil por parte de los miembros de la FAC implicaron un incumplimiento de la obligación de garantizar los derechos a la vida y a la integridad física, en los términos de la Convención Americana de Derechos Humanos".

Por otro lado, ha justificado su intervención en el caso de Santo Domingo explicando que, aunque en la vía contencioso-administrativa el Estado colombiano reconoció su responsabilidad por estos hechos y el acceso a la administración de justicia de las víctimas, después, en el proceso ante la CoIDH, "puso en duda lo que sus órganos judiciales y administrativos habían hecho para determinar la verdad, las responsabilidades y las reparaciones".

En relación a las reparaciones, el alto tribunal ha considerado que no es necesario establecer otras nuevas, ya que "la justicia contencioso-administrativa colombiana dispuso indemnizaciones a favor de la mayoría de las víctimas". Además, ha considerado que esta sentencia "constituye 'per se' una forma de reparación".

RECOMENDACIONES

Sin embargo, la CoDIH ha recomendado a las autoridades colombianas adoptar una serie de medidas con la finalidad de completar la reparación llevada a cabo en su momento, especialmente con el ánimo de satisfacer también a las víctimas que no acudieron a la vía contencioso-administrativa.

Así, ha aconsejado publicar y difundir esta sentencia; otorgar y ejecutar en el plazo de un año las indemnizaciones pertinentes por los daños materiales e inmateriales a las víctimas y sus familiares que no usaron dicha jurisdicción; brindar un tratamiento integral a la salud de todas las víctimas; y realizar un acto público de reconocimiento de su responsabilidad internacional por este caso.

Asimismo, ha advertido de que "supervisará el cumplimiento íntegro de esta sentencia y dará por concluido este caso una vez que el Estado colombiano haya dado cabal cumplimiento a lo dispuesto en la misma", según ha informado la CoIDH en un comunicado.