Actualizado 30/04/2006 20:17

Colombia.- El Tribunal Supremo amplia el concepto de rebelión a los que apoyen a las guerrillas logísticamente


BOGOTÁ, 30 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo de Justicia ha ampliado la aplicación del tipo penal de rebelión contra los milicianos, que sin combatir al Estado a través de la armas, apoyan ideológica, logística y económicamente a las organizaciones guerrilleras.

Según una sentencia de la sala penal conocida por Caracol Radio, aquellas personas que pertenecen a las redes de milicianos de la subversión no podrán reclamar ante los jueces que no se les juzgue como rebeldes, porque no hacen uso de las armas contra las autoridades militares o policiales.

Para la Corte Suprema, "la condición de rebelde no depende solamente de la relación personal con las armas y del enfrentamiento director contra las fuerzas del Estado, este tipo penal también se aplica para quienes adquieran y faciliten el aprovisionamiento de medicamentos, víveres, armas, uniformes y munición a las organizaciones guerrilleras".

Con este argumento la sala penal de la Corte confirmó una sentencia a 50 meses de prisión contra Gloria Helena Valdés Parra, quien fue condenada por el delito de rebelión al comprobar que desde Barrancabermeja (Santander), integraba las milicias que suministraban los apoyos logísticas a las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) en esa región del país.

Los magistrados de la sala penal desestimaron los argumentos de la defensa, según los cuales Valdés Parra, no podía ser condenada por el delito de rebelión, porque hacia varios años había dejado de portar la armas para endentarse al Estado, y ahora sólo cumplía funciones de apoyo a la subversión.