Publicado 30/01/2018 03:08

México.- El Supremo de México rechaza otras dos impugnaciones contra la Ley de Seguridad Interior

Patrulla militar en México
DANIEL BECERRIL

MADRID, 30 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México ha rechazado este lunes las impugnaciones presentadas por la Comisión de Derechos Humanos de Distrito Federal (CDHDF) y la Defensoría de Derechos Humanos de Querétaro contra la Ley de Seguridad Interior, que amplía el papel de las Fuerzas Armadas mexicanas.

El magistrado Jorge Mario Pardo Rebolledo ha justificado el rechazo dado que "no existe en la Constitución ningún supuesto que contemple la promoción de una controversia constitucional por parte de una comisión estatal de Derechos Humanos en contra de alguno de los poderes de la Federación".

Pardo, que ha admitido a trámite la controversia constitucional propuesta por el Ayuntamiento de Hidalgo del Parral, en el estado de Chihuahua, ha insistido en que ha rechazado la presentada por la CDHDF porque no posee carácter de órgano constitucional autónomo federal y por lo tanto no puede recurrir "en contra de los poderes federales".

La impugnación de la CDHDF fue promovida en base a los artículos 31 y Tercero Transitorio de la nueva ley, donde se establece que la comisión debe proporcionar toda la información que tenga, genero o administre, afectan a sus competencias e impiden que ésta desarrolle su trabajo en Ciudad de México.

La Defensoría de Querétaro, por su parte, presentó otro recurso de inconstitucionalidad contra la ley, según ha recogido el diario local 'El Sol de México'.

Anteriormente, el juez había desechado la acción de inconstitucionalidad promovida por el Partido Movimiento Ciudadano debido a que los partidos políticos sólo pueden recurrir a este tipo de juicios para solicitar la invalidez de normas de naturaleza electoral.

Hasta ahora, la SCJN ha admitido a trámite las acciones de inconstitucionalidad presentadas por diputados, senadores, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Asimismo, ha aceptado las controversias constitucionales presentadas por los ayuntamientos de Cholula, Puebla, y Parral de Hidalgo y Chihuahua.