Actualizado 17/06/2010 01:21

Morales promulga la ley que convierte a la Corte Electoral en el cuarto poder

Morales
EP


LA PAZ, 16 Jun. (EUROPA PRESS) -

El presidente de Bolivia, Evo Morales, promulgó este miércoles la Ley del Órgano Electoral que convierte a esta institución en el cuarto poder del Estado con las mismas garantías de control e independencia que los otros tres: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

"El nuevo Órgano Electoral será un importante mecanismo para garantizar las profundas transformaciones estructurales que fortalecerán aún más la democracia y la unidad entre los bolivianos", dijo Morales desde el Palacio de Gobierno.

Según explicó el mandatario en rueda de prensa, la normativa permitirá "no solamente elegir a las autoridades electorales, sino también revocarlas para que el pueblo defina las políticas del Estado a través de referéndum".

El nuevo poder estará dirigido por un Tribunal Supremo Electoral (TSE), integrado por siete miembros, seis de los cuales serán designados por la Asmablea Plurinacional con una mayoría de dos tercios, debiendo ser dos de ellos de origen indígena, mientras que el séptimo será nombrado directamente por el presidente.

En lo que se refiere a la propia Corte Electoral, contará con seis vocales, cinco de ellos serán elegidos por el órgano legislativo con la misma mayoría de dos tercios y el sexto será designado de nuevo por el mandatario. Los órganos electorales departamentales tendrán cinco vocales que seguirán el mismo patrón de nombramiento, aunque en su caso corresponderá a las asambleas locales y a los gobernadores.

En opinión del mandatario esta ley servirá para introducir a Bolivia en una nueva etapa de progreso "avanzado y moderno" para la consolidación de una democracia "en la que no primen los caprichos sino las razones para adoptar las mejores decisiones".

Tras la promulgación de esta normativa, la Asamblea Plurinacional tiene de plazo hasta el próximo 22 de julio para aprobar otras cinco leyes orgánicas --la de procedimientos electorales, la del órgano judicial, la del tribunal constitucional y la de las autonomías-- cuyo desarrollo aparece expresamente recogido en la Constitución de febrero de 2009.