Actualizado 13/03/2012 20:46

Argentina.- Argentina aprueba el aborto para las víctimas de violación


BUENOS AIRES, 13 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Corte Suprema de Justicia de Argentina ha ratificado este martes por unanimidad un fallo que permite el aborto en todas aquellas mujeres que hayan quedado embarazadas a consecuencia de una violación y exonera de responsabilidades judiciales a las personas que lo hayan practicado, siempre sus caso se ajuste a este supuesto.

Los médicos en Argentina podrán practicar el aborto sin ninguna autorización judicial, sólo con una declaración jurada de la víctima o de su representante legal, en la que manifieste que el embarazo es la consecuencia de una violación, informa el Centro de Información Judicial en un comunicado.

Ante la "gravedad y trascendencia social" que reviste este problema y este fallo, los jueces han pedido a las autoridades agilizar la tramitación de las solicitudes "a los efectos de brindar a las víctimas de violencia sexual, en forma inmediata y expeditiva, la asistencia adecuada para resguardar su salud e integridad física, psíquica, sexual y reproductiva y el asesoramiento legal del caso".

Este pronunciamiento del Supremo confirma la sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Chubut en marzo de 2010, la cual autorizó practicar un aborto a una adolescente de 15 años, quien quedó embarazada tras haber sido violada por su padrastro.

La Corte aclaró que, no obstante, el aborto que ya se había realizado se configuraba uno de los supuestos de excepción que, según su jurisprudencia, la autoriza a pronunciarse, señala la nota.

Los magistrados alegaron que la actual Constitución, así como los tratados de Derechos Humanos, "no prohíben la realización de esta clase de abortos, sino que, por el contrario, impiden castigarlos respecto de toda víctima de una violación en atención a los principios de igualdad, dignidad de las personas y de legalidad".

De esta manera, se ha puesto "fin a la incertidumbre relacionada" con el alcance de varios artículos del Código Penal, que ha sido aplicado sólo cuando se trata de una víctima de violación con alguna discapacidad mental, reza el texto.