Actualizado 28/06/2016 21:39

La comunidad LGBT sigue estando en el punto de mira para poder donar sangre en Colombia

LGBT
REUTERS

   BOGOTÁ, 28 Jun. (Notimérica) -

   Cuatro años después, el Ministerio de Salud de Colombia no ha cumplido la orden de la Corte Constitucional que en 2012 aseguró que la orientación sexual de un donante no es criterio de selección de riesgo de enfermedades infecciosas, ya que a día de hoy la comunidad de Lesbianas, Gays, Bisexuales y personas Transgénero (LGBT) en Colombia sigue teniendo las mismas complicaciones para donar sangre por el miedo a que sean portadores del virus del VIH.

   La sentencia de 2012 aseguraba que se debía "revisar la reglamentación vigente sobre recepción, extracción y suministro de donaciones de sangre, con el fin de eliminar los criterios de selección de donantes basados en la orientación sexual", ya que consideraba que no existía un sustento científico suficiente.

   Según informa 'El Espectador', más de 1.400 días ha tenido que esperar la comunidad LGBT para que se cumpla lo ordenado por la Corte, aunque llegada la fecha no se han expedido los lineamientos que garanticen que la orientación sexual de los donantes de sangre no sea un criterio de selección de riesgo de enfermedades infecciosas.

   Además, La Corte ha señalado que tampoco se han creado guías, programas ni planes para concienciar a los profesionales de la salud y laboratorios que se encuentran sometidos al decreto que indica la forma de realizar las encuestas y entrevistas a los posibles donantes, sin tener como criterio la orientación sexual.

   "Preguntar si se es homosexual o lesbiana con el fin de realizar un tamizaje al momento de donar sangre no es preciso. Desde el área de la salud se ha podido comprobar con el tiempo que, aunque sí es verdad que hay mayor prevalencia en esta población, ser gay no es per se un factor de riesgo para estar contagiado. No lo es si se considera, por ejemplo, a un hombre que ha sostenido solo una relación sexual con otro hombre y que se ha protegido, y que, sin embargo no puede donar. Frente a una persona heterosexual que ha tenido múltiples parejas sexuales pero sí puede hacerlo", explicaba Jaime Ardila, médico epidemiólogo, salubrista y PhD(c) en políticas en salud de la McMaster University en Canadá.

   De esta misma forma lo entiende la Corte Constitucional colombiana, ya que enfatiza en que se debería tamizar a todos los donantes por los comportamientos de alto riesgo que supone poder tener el VIH, en vez de realizar el análisis según la orientación sexual.

   "Desde el punto de vista de los Derechos Humanos no cabe duda que se trata de una medida arbitraria y discriminatoria, mantenerla no solo profundiza la discriminación en contra de personas LGBT, sino que además asume que los heterosexuales no están en riesgo y Colombia no puede caer en esa falacia", explicaba Marcela Sánchez, abogada y directora de Colombia Diversa, organización que trabaja por los Derechos Humanos de las personas LGBT.