Actualizado 17/12/2013 21:36

Insultar a un cadáver dejará de ser delito en Ecuador

Cementerio
Foto: EUROPA PRESS

QUITO, 11 Oct. (EUROPA PRESS) -

   Ecuador sustituirá un código penal del año 1938, aún vigente, que contiene sanciones contra los mendigos, los vagabundos, contra los retos a duelo y también contra quienes ofendan a los cadáveres, por el Código Penal Integral (COIP), cuyo segundo debate inició el miércoles en la Asamblea Legislativa del Ecuador.

   El código, que data del año 1938 y que está vigente, reprime con penas de tres meses a un año de prisión a los vagos y mendigos; y castiga con prisión de dos meses a un año y multas de 6 a 16 dólares a quienes ofendan el cadáver de una persona con acciones, palabras, emblemas o escritos.

   El nuevo Código Penal Integral eliminará esos castigos a la vez que  incorporará nuevos tipos penales que no contempla el código vigente, lo que, a criterio de las autoridades del Ministerio de Justicia, permitirá frenar las impunidades por falta de tipificación.

   El COIP, que será aprobado próximamente tras más de dos años de trámite, incorpora delitos y endurece otros como la trata de personas con fines de explotación, el asesinato (establece penas de 22 a 26 años), el femicidio, el sicariato, el homicidio culposo por mala práctica profesional, el secuestro extorsivo (secuestro express) y la usura.

VIOLENCIA EN EL FÚTBOL

   Por otro lado, el proyecto del nuevo Código Penal ecuatoriano incluirá sanciones para reducir la violencia en los estadios de fútbol.

   Los últimos incidentes provocados por las barras organizadas en el fútbol local, llevaron al asambleísta de Alianza PAIS, Virgilio Hernández, a promover la inclusión de sanciones en el proyecto del nuevo Código Penal ecuatoriano para disminuir la violencia en los estadios, informa Andes.

   Así, se podrán imponer 100 horas de trabajo comunitario y prohibición de ingreso a todo escenario y de concurrencia masiva por un año, a las personas que invadan la cancha o un escenario deportivo, lancen objetos que provoquen la suspensión de un evento, ingresen armas blancas, petardos, bengalas o material pirotécnico prohibido y a los dirigentes de barras que no denuncien actos de violencia provocados por los miembros de las mismas.