Actualizado 14/08/2008 21:46

Venezuela.- Un general disidente presenta recursos de nulidad contra seis artículos de la nueva Ley de la Fuerza Armada


CARACAS, 14 Ago. (EUROPA PRESS) -

El general disidente venezolano Ovidio Poggioli, ex director de la Director de la División de Inteligencia Militar, presentó hoy ante el Tribunal Supremo de Justicia en Caracas un recurso de nulidad contra seis artículos de la nueva Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional (Lofan).

"Hay dos artículos que fueron introducidos en la reforma de la Constitución, de los cuales, uno lo colocó en forma fraudulenta como es el de las milicias y el otro artículo es el cambio de nombre de los componentes de la Fuerza Armada, y el otro artículo es el grado del Presidente de la República de la Fuerza Armada", explicó.

Asimismo, indicó que tres artículos que tienen que ver con la justicia militar, la contraloría y la libertad de expresión son inconstitucionales porque violan flagrantemente artículos contenidos en la Carta Magna, como por ejemplo el referido al sistema de justicia militar.

También rechazó la modificación del artículo relacionado con la libertad de expresión consagrado en la Constitución en el cual se asevera que todos los ciudadanos tienen derecho a expresarse libremente sin ningún tipo de apremio o menoscabo, según informa la prensa local.

"Hay tres artículos que tienen que ver con el cambio de nombre. La Constitución establece que la Fuerza Armada tiene cuatro componentes que se llaman: Ejército, Armada, Aviación y Guardia Nacional y no establece que se llaman bolivarianos. Esos artículos fueron introducidos en la reforma constitucional y fueron negados de acuerdo con la propia Constitución; no puede ser esa iniciativa", advirtió.

Por otra parte, dijo que es inviable que el jefe de Estado, Hugo Chávez, pretenda ser reelegido en el cargo siendo él un militar activo por ejercer paralelamente las funciones de comandante en jefe de la Fuerza Armada Nacional.

"Sobre el grado de militar del Presidente dice la Constitución que tiene la categoría de comandante en jefe de la FAN y no el grado. Ése mismo artículo implica una cantidad de ambigüedades que van contra la propia Constitución, por ejemplo, si el Presidente es comandante en jefe de la Fuerza Armada en situación de actividad, ¿Cómo él se va a reelegir como Presidente si la propia Constitución prohíbe que un militar activo sea candidato?", sentenció.