Actualizado 18/07/2014 11:17

La edad mínima para el trabajo infantil en Bolivia son 10 años

Trabajo infantil
Foto: REUTERS

LA PAZ, 18 Jul. (Notimérica/EP) -

   El vicepresidente de Bolivia, Álvaro García Linera, ha promulgado este jueves la Ley 548 (Código 'Niño, Niña y Adolescente'), que sitúa la edad mínima para el trabajo infantil en los 10 años y que cede a los propios menores de edad la opción de decidir libremente si quieren realizar una determinada actividad laboral.

   En concreto, el Código permite el trabajo por cuenta propia entre los 10 a 12 años, principalmente vinculado al familiar; el remunerado de 12 a 14 años, con autorización de los padres y de instancias como la Defensoría de la Niñez; y de 14 a 18 años, bajo cumplimiento de los derechos laborales.

   En un acto realizado en el Palacio de Gobierno, García Linera ha explicado que la normativa logra un "justo equilibrio" entre la realidad boliviana respecto a este grupo social y los acuerdos internacionales en la materia, de acuerdo con la información del diario boliviano 'La Razón'.

   "Costó porque había un conjunto de convenios internacionales que el Estado ha firmado referidos a los derechos de los niños niñas adolescentes y existe una realidad boliviana, una herencia, una forma de trabajo, una modalidad propia de lo que es el trabajo y la situación de los niños y adolescentes de nuestro país", ha apostillado.

MORALES APOYA LA MEDIDA

   El presidente de Bolivia, Evo Morales, --que se encuentra en Brasil-- ya se había mostrado en varias ocasiones contrario a prohibir que niños y adolescentes trabajen porque supone negarles "una conciencia social", poniendo como ejemplo a sus hijos, a quienes manda a realizar pastoreo con llamas en su pueblo natal para que conocieran "dónde y cómo" vivió su padre.

   Además de regular el trabajo infantil, el Código 'Niño Niña Adolescente', vigente desde este jueves, castiga con 30 años de cárcel el infanticidio, acelera trámites, legisla acerca del 'bullying' y otorga dos años de inamovilidad laboral a quienes adopten, entre otras medidas.

   Por último, reduce de 16 a 14 años la imputabilidad de los menores, aunque especifica que deberán tener un trato diferenciado frente a las personas mayores, sin condenas elevadas y siendo remitidos a centros de rehabilitación.

   


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