Actualizado 11/12/2007 05:33

Bolivia.-Morales elegirá a los nuevos gobernadores en los departamentos en los que éstos sean revocados en el referéndum

LA PAZ, 11 Dic. (EUROPA PRESS) -

El presidente boliviano, Evo Morales, elegirá a los prefectos que sean revocados de sus cargos en caso de que el Congreso apruebe el proyecto de Ley de Convocatoria a Referéndum Revocatorio, entregado ayer al presidente del Congreso, Álvaro García Linera.

El Vicepresidente también se someterá a la decisión del pueblo, según la propuesta. En caso de que los bolivianos decidan revocar el mandato de Morales, tendrá un plazo de entre 90 y 180 días para convocar a elecciones presidenciales. Entre tanto, los prefectos revocados cesarán en sus funciones y el Mandatario, según la Constitución, será el encargado de designar a las nuevas autoridades departamentales, informó el diario boliviano 'La Razón'.

El diputado por el MAS César Navarro explicó que una vez realizado el referéndum revocatorio, todas la autoridades pasarán a ser transitorias, "incluso los ratificados, porque el mandato de los prefectos termina el 2009. La única diferencia es que entre esas autoridades, que perdieron la confianza del pueblo, se nombrarán otras interinamente hasta que se elijan, en forma democrática, a los titulares".

Ese es uno de los puntos con los que discrepa el partido Poder Democrático Social (Podemos), según el diputado Antonio Franco. En el proyecto presentado ayer, se pone en consideración dos preguntas, la primera para el Presidente y el Vicepresidente y la segunda para los prefectos.

En el primer caso la consulta es: "¿Usted está de acuerdo con la continuidad del proceso de cambio liderado por el presidente Evo Morales Ayma y el vicepresidente Álvaro García Linera?". La segunda pregunta dice: "¿Usted está de acuerdo con la continuidad de las políticas, las acciones y la gestión del Prefecto del Departamento?".

Morales también entregó dos leyes interpretativas de los artículos 4.1, 35 y 93 de la Constitución Política del Estado. El primer proyecto interpreta el artículo 4.1 y 35: "El Referéndum establecido en la Constitución Política del Estado como mecanismo de deliberación democrática directa del pueblo, alcanza a la revocatoria del mandato popular otorgado al Presidente de la República, Vicepresidente de la República y prefectos de departamento". La segunda interpretación (artículo 93) dice que "en caso de revocatoria de mandato del Presidente de la República, éste convocará a elecciones generales para un nuevo período constitucional".