Actualizado 11/01/2008 20:54

Chile.- Nueva ley en Chile premiará con incentivos tributarios la inversión privada en innovación y desarrollo


SANTIAGO, 11 Ene. (De la corresponsal de EUROPA PRESS Claudia Riquelme) -

La presidenta de Chile, Michelle Bachelet, promulgó hoy una ley que establece un Incentivo Tributario a la Inversión Privada en Investigación y Desarrollo.

El nuevo marco legal fomenta una estrategia de desarrollo donde el sector público y el sector privado se hacen socios, apuestan por la competitividad, invierten en sectores estratégicos, innovan e integran a todos en ese desarrollo.

Se trata de un apoyo estatal al gasto en actividades de investigación y desarrollo que realicen las empresas en conjunto con universidades o centros de investigación debidamente acreditados. De esa forma, Chile se sitúa en la posición más alta de la lista de países que con más fuerza utiliza este tipo de incentivos, seguido por España, Noruega y Corea.

La ley permite a las empresas que contraten universidades o centros de investigación registrados considerar un 35 por ciento de los desembolsos efectuados en virtud del contrato a favor del pago del impuesto de primera categoría de la empresa.

Lo que exceda del importe del crédito será considerado como gasto necesario para producir la renta por el Servicio de Impuestos Internos (SII), independiente del giro de la empresa. Esto significa que el Estado cubrirá cerca de la mitad del coste de las actividades de investigación y desarrollo que realicen las empresas en conjunto con universidades o Centros de Investigación registrados.

Para acceder a los beneficios que entrega esta ley, las universidades y centros de investigación deberán estar inscritas en un registro especial.

Una vez al año, las universidades y centros de investigación deberán dar aviso de cualquier cambio en las condiciones que le permitieron ser inscritas en el registro.

Se deberá efectuar una revisión inicial técnica de los contratos que se celebren con los centros de investigación a fin de certificar que aquellos tengan por objeto la realización de actividades y que dichas actividades formen parte del quehacer del respectivo Centro de Investigación.

En caso de incumplimiento a lo establecido en el objeto del contrato se podrá retirar la certificación del contrato y la empresa deberá rectificar sus declaraciones por todos los períodos en que reconoció el crédito y el gasto derivado del contrato cuya certificación se cancela.

Se realizarán evaluaciones aleatorias ex post por parte del Ejecutivo para verificar que se cumple con las condiciones y actividades estipuladas en los contratos y que la universidad o Centro de Investigación que en su oportunidad fue incorporada al registro mantiene plenamente vigente las condiciones que permitieron su incorporación.

Cada dos años se efectuará una evaluación de los recursos invertidos en contratos celebrados con entidades acreditadas con el objeto de estimar el impacto de este beneficio, el cambio en el volumen y la composición del gasto, entre otros.

Durante el primer semestre del año 2015, el Ministerio de Hacienda encargará la realización de un estudio y evaluación de la ley, los que serán de público conocimiento.