Publicado 04/04/2014 19:36

Lo que puede exigir el consumidor después de un desastre natural: derechos 'post-terremoto'

People line up outside a store after an earthquake and tsunami hit the northern
IVAN ALVARADO / REUTERS

SANTIAGO, 4 Abr. (Notimérica/EP) -

El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) de Chile resolvió dudas a través de un informe sobre los derechos del consumidor 'post-terremoto'. La medida ha sido tomada después de que el fiscal de Tarapacá, Manuel Guerra, ordenase detener a los especuladores por las quejas de los residentes de las localidades afectadas por el seísmo del pasado martes ante la creciente subida de los precios en los productos de primera necesidad como el pan.

La institución recuerda que, si bien en Chile existe libertad de precios, la situación es "excepcional". La Directora Regional de SERNAC en Arica y Parinacota, Rosa Cortés, señaló que "los consumidores tienen derecho a conocer el precio de un producto o servicio antes de comprarlo o contratarlo y es deber de las empresas informarlo de manera oportuna y veraz para poder tomar una decisión informada".

Respecto al precio, los consumidores tienen derecho a ser informados previamente a la compra de forma clara y con los impuestos ya deducidos. El precio debe expresarse en moneda nacional y tiene que ser cobrado al precio previamente informado, ni más ni menos. Además, las empresas no podrán cobrar al consumidor por los servicios básicos que no hayan utilizado durante el tiempo de la catástrofe.

SERNAC también ha explicado los derechos sobre la vivienda: los consumidores tienen derecho a adquirir viviendas de calidad , por eso la Ley de Calidad de la Vivienda establece el derecho a la garantía con plazos determinados según los daños que se presenten en el inmueble nuevo.

Las empresas deben responder si se producen daños en la vivienda en el acabado (tanto interno como externo) durante los primeros 3 años, en las instalaciones durante los primeros 5 años y los problemas estructurales tienen una garantía de 10 años desde el momento de la compra.

La Ley del Consumidor asegura el derecho de los consumidores de recibir información veraz por parte de la empresa. La publicidad sobre la vivienda no debe omitir ningún aspecto relevante, porque todo lo que el vendedor anuncia se considera automáticamente incorporado al contrato de compra-venta.

Cuando los fallos afecten a más de una casa, el consumidor puede adoptar las acciones colectivas contempladas en la ley. En este tipo de casos es fundamental determinar si se cumplieron las especificaciones técnicas establecidas en el proyecto y que estas se correspondan con las registradas en el momento de recepción de la obra por parte del municipio.

En relación a los vuelos, la empresa podría eximirse de responsabilidad si se retrasa o suspende un vuelo por causas climáticas, de seguridad o fuerza mayor. Es la Dirección Aeronáutica Civil quien debe comprobar si el atraso se debió a razones justificadas. En caso de que el consumidor pierda su viaje por alguno de estos motivos, la empresa deberá reintegrar el valor del billete o reubicarlo en otra fecha.