Publicado 15/10/2020 20:30

Fútbol.- Visto para sentencia el juicio contra Enrich, Luna y Silvestre por grabar y difundir un vídeo sexual

Enrich y Luna, que no irán a prisión, reiteran sus disculpas a la víctima mientras que Silvestre incide en su inocencia

SAN SEBASTIÁN, 15 Oct. (EUROPA PRESS) -

El juicio contra los jugadores del Eibar Sergi Enrich y Antonio Luna por grabar un vídeo manteniendo relaciones sexuales con una chica sin el consentimiento de ésta en abril de 2016 y difundirlo posteriormente, algo de lo que también se acusa al futbolista del Albacete Eddy Silvestre, ha quedado visto para sentencia.

El Ministerio Público y la acusación particular piden dos años de cárcel para Enrich y Luna, inicialmente pedían cinco pero han introducido las atenuantes de reconocimiento de los hechos y petición de perdón a la víctima, a la que han compensado con 110.000 euros por el daño causado, cantidad superior a la solicitada, y dos y tres, respectivamente, y una compensación de 30.000 euros para Silvestre.

La segunda jornada del juicio en el juzgado de lo Penal 3 de San Sebastián se ha desarrollado desde las 15.30 hora y se ha prolongado hasta casi las siete de la tarde con las últimas palabras de los acusados. Luna y Enrich no irán a prisión al aceptar las acusaciones la concesión de la suspensión de la ejecución de la pena de privacidad de la libertad, cuando la sentencia sea firme, porque "se cumplen los requisitos y está abonada la responsabilidad civil".

Enrich y Luna han reiterado sus disculpas a la víctima. "Me arrepiento mucho de todo lo que ha pasado y pido perdón otra vez", ha afirmado Enrich. Luna ha trasladado sus "más sinceras disculpas" a la joven y ha señalado que grabar y difundir el vídeo sin su consentimiento fue "un tremendo error". "Siento el dolor que se le ha podido causar a ella y su entorno", ha apuntado.

Por su parte Silvestre ha señalado que ha "sufrido muchísimo con este tema. "Entiendo que la víctima también pero yo no he hecho nada, por eso no he podido llegar a un acuerdo, voy a pelear mi verdad porque no he hecho nada, seguiré diciéndolo toda mi vida", ha sostenido.

La Fiscalía ha reducido su petición de cinco años de prisión a dos para Enrich y Luna por la "atenuante muy cualificada de reparación del daño", dada, por un lado, la compensación "en elevado importe" de 110.000 euros a la víctima, entregados de manera "inmediata independientemente del resultado del pleito", y, por otro, por el "arrepentimiento y perdón" que han manifestado en plenario, con reconocimiento "de modo expreso su responsabilidad" en los hechos juzgados.

El Ministerio Fiscal mantiene su petición de dos años para Silvestre, al que también se requiere de una compensación a la víctima de 30.000 euros. Para la fiscalía queda probado que Enrich y Luna "sólo" pasaron el vídeo a Silvestre, que lo difundió a terceros "con conocimiento de su origen ilícito", ya que en las imágenes la joven pide que no se grabe y que paren. A su juicio, "se cumplen los requisitos" para valorar como "prueba de cargo" las acusaciones de Enrich y Luna contra Silvestre por difundir el vídeo, en las cuales considera "hay una ausencia de ánimo espurio", ya que acusarle "no suponía ningún beneficio jurídico" para los dos acusados principales, con los que, además, no se constata "ningún indicio de enemistad". "Cuando el río suena agua lleva", ha afirmado la Fiscalía.

También ha señalado que no se ha presentado "ninguna prueba exculpatoria para poder afirmar que él no lo pasó". "La defensa tiene la responsabilidad de aportar elementos de descargo y no ha sido así", ha añadido, al tiempo que ha recordado que Silvestre "no aportó su móvil" para exculparse. También ha rechazado el error de tipo y error de prohibición solicitado por la defensa de Silvestre, ya que "se veía claramente que este vídeo está grabado de un particular, no es un vídeo realizado con fines públicos o profesionales" y el acusado "conocía a los partícipes y por tanto es lógico que no venga acompañado de alguna etiqueta de su no difusión". "Es deber de todos conocer que ese tipo de vídeos afectan a un contenido tan íntimo de las personas que no se pueden difundir", ha apuntado.

La acusación particular, ejercida por el abogado Iñigo Iruin, ha explicado que solicita la aplicación de la atenuante analógica de confesión tardía junto a la de reparación del daño causado para Luna y Enrich, reduciendo la petición de condena de cinco a dos años de prisión. También ha defendido la "plena y absoluta legalidad" del audio en el que Enrich acusa a Silvestre de difundir el vídeo. Además, mantiene la petición de tres años de cárcel para éste último, del que "no hay duda de que recibió el vídeo" como lo afirmó en su declaración en el juicio y considera una "prueba legítima" las declaraciones de los otros dos acusados señalando que él lo difundió.

Iruin ha indicado que la "corroboración" de esa prueba está en elementos externos como el audio de Enrich acusando a Silvestre que se hizo público, la declaración de la víctima y un chat en el que Daniel García, capitán el Eibar cuando sucedieron los hechos, también acusaba a Eddy de pasar el vídeo a los jugadores del Cádiz. Al igual que la Fiscalía la acusación particular ha incidido en la defensa de Silvestre no haya presentado "ni una sola prueba de descargo" y también ha considerado "extraño" su comportamiento extraprocesal y procesal , ya que pese acusársele de "un grave" delito "no hace nada".

ABSOLUCIÓN Y CONFORMIDAD ENCUBIERTA

Por su parte el letrado de Silvestre ha solicitado la absolución de su cliente sosteniendo que es "aberrante" que sea la defensa la que tiene que probar la inocencia del acusado. "No nos corresponde probar la inocencia, corresponde a las acusaciones probar la culpabilidad", ha subrayado.

En este sentido, ha calificado de "parámetros de alerta anticonstitucional aberrantes" que se trate de plantear como de cargo que su cliente no aportara un móvil "que nunca le fue requerido" o que diga que tenía "traer al capitán del Cádiz para que dijera lo que nunca ha existido".

Asimismo, ha considerado que se ha dado una "conformidad encubierta" entre los otros dos acusados, la fiscalía y la acusación particular a la que su cliente se negó porque dice que "no lo ha hecho y que no lo va a reconocer". "Lo ha dicho siempre", ha señalado. Además, ha señalado que no se ha presentado "ningún elemento de prueba que ratifique" lo que Luna y Enrich sostienen verbalmente, al tiempo que ha acusado a la fiscalía y a la acusación particular de "fabricar los atenuantes a galope", algo que podrían haber "adornado trayendo algún elemento que corroborara que silvestre fue el único que recibió el vídeo".

También ha apuntado que la fiscalía reconoce en sus conclusiones, texto asumido por los otros dos acusados, que "Silvestre no fue el único que recibió el vídeo". "Hemos sido la parte disidente, porque no hemos tomado parte del acuerdo", ha señalado, al tiempo que ha puesto en cuestión que no haya "algún tipo de interés espúreo" en la acusación de Enrich a su cliente, a la que se suma Luna que "se subió ayer al carro de la negociación encubierta" con las acusaciones y ha apelado a la "presunción de inocencia y el principio y principio in dubio pro reo", que "parecen algo más serio que el refranero español", respondiendo a la afirmación de la fiscalía de que cuando el río suena agua lleva.

"Estamos pidiendo una gravísima pena para un ciudadano y hay que pedirla con rigor en derecho penal a veces suena el río pero no lleva agua", ha añadido, a la vez que ha insistido en que "absolutamente nadie ha visto a silvestre mandar el vídeo".