Actualizado 19/12/2011 18:30

Cuba.- Los cubanos podrán pedir créditos a partir de mañana para ampliar sus negocios y construir viviendas


MADRID, 19 Dic. (EUROPA PRESS) -

A partir de este martes los cubanos podrán solicitar créditos para ampliar sus negocios, construir y reformar viviendas, y adquirir bienes para su uso personal, gracias a un decreto publicado a finales de noviembre que establece una inédita apertura de las líneas de financiación personal como parte del proceso de "actualización" del modelo socialista que lleva a cabo el Gobierno de Raúl Castro.

La nueva normativa determina que podrán beneficiarse de estos créditos las personas autorizadas a ejercer el trabajo por cuenta propia y otras formas de gestión no estatal, los agricultores que acrediten legalmente la tenencia de tierra y los interesados en comprar material para hacer reformas en sus hogares.

Los particulares también podrán pedir financiación para adquirir bienes de uso personal, aunque las nuevas normativas establecen que esta modalidad "se aplicará progresivamente, en la medida en que lo permitan las condiciones del país", precisa el diario oficial 'Granma'.

Los interesados deberán acudir a las cerca de 500 oficinas de los bancos de Crédito y Comercio, Metropolitano y Popular de Ahorro, preferiblemente en el municipio donde pagan los tributos, informaron hace unos días funcionarios cubanos en una rueda de prensa.

El tiempo de respuesta será de entre los 15 y los 20 días, contados a partir de la entrega de toda la documentación necesaria por parte del posible beneficiado con el préstamo.

Los pequeños agricultores podrán solicitar créditos por un importe mínimo de 500 pesos (14 euros) para la compra y reparación de equipos y medios de trabajo, o para financiar "otras acciones que contribuyan a elevar las producciones agropecuarias". Mientras que los trabajadores por cuenta propia y de otras formas de gestión no estatal pondrán disponer de financiaciones mínimas de 3.000 pesos (85 euros), según precisa el Decreto-Ley 289.

"ESTRICTO" ESTUDIO

Todas las solicitudes serán sometidas a un "estricto análisis de riesgo" para evitar los impagos, según informaron hace unos días funcionarios del Banco Central de Cuba (BCC), al advertir de que en algunos casos se verán obligados a rechazar propuestas, pues reconocen que no todos los interesados encajan con el perfil de solvencia exigido.

Precisamente un "elemento esencial" en el proceso de tramitación del préstamo es la garantía que pueda ofrecer el interesado. Cuba establece las garantías personales y las reales. Las primeras implican el compromiso de un avalista que pagará en caso de que el beneficiado se declare insolvente. Las segundas "son respaldadas con activos", precisa el BCC.

Las entidades cubanas estarán en el derecho de solicitar avales como las hipotecas sobre solares yermos (terrenos) o casas en zonas destinadas al descanso, así como los contratos de fianza y de bienes muebles, entre otros.

Una persona podrá pedir más de un crédito, aseguró Francisco Mayobre, vicepresidente del BCC. "Todo parte de que posea la solvencia, la capacidad de pago y de que pueda cumplir el contrato que estableció con el Banco al solicitar el financiamiento", subrayó.

Los plazos de amortización, las garantías y el monto a financiar serán producto de una negociación entre el interesado y la entidad, de acuerdo a las circunstancias.

OTRAS VENTAJAS

El nuevo decreto permite además la apertura de cuentas corrientes en pesos cubanos y pesos convertibles, la contratación de tarjetas de crédito y de débito, el uso de cheques y las letras de cambio, entre otros instrumentos de pago, "algo que era imposible anteriormente", según reconocieron las autoridades cubanas en la rueda de prensa.

Podrán ser titulares de estos productos financieros las personas autorizadas a ejercer el trabajo por cuenta propia, los agricultores pequeños que acrediten legalmente la tenencia de la tierra y las personas que ejerzan otras formas de gestión no estatal.

Las cuentas corrientes "podrán ser individuales o colectivas" y los titulares podrán autorizar a personas naturales a realizar depósitos. Este instrumento financiero deberán contratarlo de forma obligatoria todas aquellas personas que tengan ingresos brutos anuales que superen los 50.000 pesos (1.415 euros).