Publicado 29/11/2019 15:21

Cuba.- El Supremo retira el título marquesa a una hija de Esther Koplowitz en favor de una aristócrata cubana nonagenaria

La familia de las empresarias alegó ante el TS incumplimiento de preceptos incluidos en una de las Partidas de Alfonso X

MADRID, 29 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dado la razón a Elena de Cárdenas González, una aristócrata cubana nonagenaria, en el litigio que mantenía con una de las hijas de la empresaria Esther Koplowitz por el título del Marqués de Campo Florido.

El marquesado le fue cedido a Alicia Alcocer Koplowitz por su madre, si bien el alto tribunal estima que es a la ciudadana cubana a quien le corresponde por tratarse de una pariente con mayor grado de relación con el primer concesionario de este título nobiliario.

Cárdenas acudió a un juzgado de lo civil de Madrid solicitando la ineficacia jurídica de la cesión por distribución del título de Marques de Campo Florido a Alicia Alcocer por tener "mejor y preferente derecho a ostentarlo", si bien en esta instancia su petición fue desestimada.

Después apeló a la Audiencia Provincial, que le dio la razón, y este criterio es mantenido ahora por el Tribunal Supremo, que condena además a las Koplowitz al pago de las costas del proceso.

En su recurso ante el alto tribunal, la defensa de la familia de la empresaria alega que la Audiencia de Madrid infringió en su resolución preceptos incluídos en la Partida Iidel Código de Alfonso X el Sabio en relación con decretos actuales sobre esta materia y con la doctrina jurisprudencial.

La Sala, no obstante, da la razón a la reclamante cubana del título, que alega que, a falta de descendientes del primer marqués de Campo Florido ella ostenta mejor derecho que las Koplowitz, puesto que se encuentra a nueve grados de propincuidad con éste frente a los once grados de colateralidad que separan a Alicia Alcocer.

TITULO REHABILITADO EN 1919

El Supremo confirma las tesis de la Audiencia Provincial que, tras el análisis de los documentos aportados por la demandante, concluyó que el primer poseedor legal del título fue Miguel Cárdenas y Peñalver, como I Marqués de Campo Florido, si bien el marquesado quedó vacante tras su fallecimiento hasta que fue rehabilitado en 1919, ostentándolo desde entonces "poseedores de inferior derecho".

En el momento de la rehabilitación, según los documentos aportados, quien mejor derecho tenía era el padre de Elena de Cárdenas.

La alegación a las partidas de Alfonso X se rechaza porque, según explica el Supremo en la sentencia dada a conocer este viernes, la discusión sobre el mejor derecho al título de Marqués de Campo Florido se plantea ahora entre parientes colaterales del primer Marqués, lo que impone la aplicación del principio de propincuidad y excluye el de representación, según la propia doctrina jurisprudencial en que se apoyan las recurrentes,

"En consecuencia, ningún sustento tiene la afirmación del recurso en el sentido de que la última poseedora legítima fuera la madre de las demandadas, doña Esther Koplowitz Romero de Juseu, pues evidentemente la misma ostentaba el título legalmente según la normativa administrativa, como también lo ha hecho su hija, la demandada doña Alicia, pero siempre con subordinación a la aparición de un nuevo pariente con mejor derecho al título", cosa que ahora ha ocurrido en la persona de Elena de Cárdenas.