Actualizado 20/09/2006 22:45

Argentina.- Colegio de Abogados niega abogado de oficio a Scilingo para querellarse por genocidio contra Isabelita Perón


MADRID, 20 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Colegio de Abogados de Madrid ha rechazado, con el visto bueno de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, facilitar un abogado de oficio al represor argentino Adolfo Scilingo, quien solicitó este servicio para querellarse por delitos de genocidio contra la ex presidenta de Argentina entre 1974 y 1976, María Estela Martínez de Perón, tercera esposa del ex presidente Juan Domingo Perón.

Los escritos de la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados y el de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, a los que ha tenido acceso Europa Press, entienden que la pretensión del ex represor argentino de querellarse contra 'Isabelita' Perón, quien reside en Málaga, es "insostenible en juicio".

Sin embargo, se da la curiosidad de que los argumentos utilizados por el Colegio de Abogados, ratificados por la Fiscalía, son similares a los que el propio Scilingo utilizó para defenderse en el juicio celebrado en su contra en la Audiencia Nacional por delitos contra la humanidad cometidos durante la dictadura argentina.

En este juicio, la fiscal Dolores Delgado solicitaba para el ex militar 9.138 años de prisión por delitos de genocidio y terrorismo, y finalmente fue condenado a 640 años de cárcel.

En su resolución, el Colegio de Abogados destaca que los hechos denunciados por Scilingo fueron cometidos hace más de 30 años, mucho antes de la inclusión del artículo 607 bis del Código Penal, sobre los delitos de lesa humanidad de persecución universal, en octubre de 2004. Así, considera que no se podría actuar contra la ex presidenta argentina porque supondría una aplicación retroactiva de la ley.

También sostiene que los tribunales españoles sólo podrían ser competentes para juzgar este tipo de delitos si en los hechos denunciados se hubiesen producido víctimas españolas o se acreditase la conexión con intereses españoles. Por el contrario, subraya el informe, Scilingo "no aclara contra qué ciudadanos se cometieron los supuestos hechos delictivos".

En este sentido, el Colegio de Abogados recuerda sentencias del Tribunal Supremo, como la relativa al genocidio en Guatemala o a crímenes cometidos durante la dictadura chilena, en las que se aplicaba una "interpretación restrictiva" del principio de justicia universal, exigiendo que se produjese una conexión entre los hechos denunciados y ciudadanos o intereses españoles.

No obstante, esta interpretación restrictiva fue anulada por el Tribunal Constitucional, que ordenó a la Audiencia Nacional que investigase el genocidio cometido en Guatemala contra el pueblo maya. Posteriormente, el Supremo, en aplicación de esta doctrina, decidió que la Audiencia Nacional investigase el presunto genocidio cometido por las autoridades chinas contra el movimiento espiritual Falun Gong.