Publicado 04/06/2020 21:00

Colombia.- Colombia regula una jornada laboral de cuatro días semanales por la pandemia

El presidente de Colombia, Iván Duque
El presidente de Colombia, Iván Duque - PRESIDENCIA DE COLOMBIA - Archivo

MADRID, 4 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio del Trabajo de Colombia, a través del decreto 770, ha regulado la jornada laboral de modo que las empresas pueden reducirla en cuatro días semanales con una jornada máxima de 12 horas diarias, permitiéndoles "mayores días de descanso a los trabajadores y sin tener que hacer modificaciones del reglamento interno del trabajo", en el contexto de la pandemia de Covid-19.

La norma también establece que, para prevenir la circulación masiva de personas en medios de transporte y la aglomeración en espacios de trabajo, puedan organizarse turnos de trabajo sucesivos que no excedan las ocho horas al día y máximo 36 horas a la semana, cumpliendo con todos los protocolos de bioseguridad.

En los casos en los que las jornadas abarquen horarios nocturnos o festivos deberán aplicarse los recargos salariales correspondientes, cuyos pagos también deberán ser acordados entre la empresa y el empleado.

Con respecto al subsidio de desempleo, el Ejecutivo colombiano ha ampliado los recursos con las cajas de compensación familiar, de modo que se han pasado de 91.000 a 150.000 subsidios para los cesantes de empleo. Esto, según el Ministerio del Trabajo, permitirá que 60.000 personas que estaban en lista de espera reciban su beneficio correspondiente.

Por otro lado, la Administración de Iván Duque ha creado un programa de auxilio a trabajadores en suspensión contractual, a cargo del Ministerio del Trabajo, mediante el cual se entregarán transferencias monetarias no condicionadas de 160.000 pesos (40 euros) a favor de los trabajadores dependientes del Programa Apoyo al Empleo Formal (PAEF).

"Con el objetivo de proteger a los trabajadores que, por la coyuntura de la pandemia, se quedaron sin ingresos, pero que continúan con un vínculo laboral con su empleador, ya sea por suspensión del contrato o por licencia no remunerada, se creó este auxilio, por un valor de 160.000 pesos colombianos mensuales, por el número de meses en los que el trabajador haya estado en suspensión contractual durante abril, mayo y junio del presente año", detalla el escrito.

El decreto también ha implantado el Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios (PAP), con recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias, que beneficiará a los trabajadores dependientes afiliados al Sistema General de Seguridad Social y cotizantes de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA). El subsidio aplica al número de trabajadores que estén vigente en la nómina de junio y el aporte del Gobierno para cada trabajador será de 220.000 pesos (54 euros).

"Fieles a nuestro deber misional, mediante el Decreto 770 de 2020, se han promovido y adoptado nuevas medidas absolutamente protectoras de los derechos de los trabajadores colombianos durante la emergencia sanitaria que, además, se toman en pro del cumplimiento de uno de los principales mandatos de nuestro Plan Nacional de Desarrollo: la equidad", enfatiza el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera Báez.