Actualizado 02/06/2011 05:12

El Congreso aprueba la Ley de Víctimas de la Violencia

El texto reconoce la existencia de un conflicto armado, a pesar de la oposición del ex presidente Uribe


BOGOTÁ, 2 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Congreso de Colombia ha aprobado con una holgada mayoría en la dos cámaras la Ley de Víctimas de la Violencia, que reconoce la existencia de un conflicto armado en el país iberoamericano como consecuencia de la acción de guerrillas y paramilitares, pese a la férrea oposición del ex presidente Álvaro Uribe.

El Ejecutivo ha conseguido sacar adelante este proyecto de ley con el respaldo del gobernante Partido de la 'U' y de sus socios minoritarios, el Partido Conservador y Cambio Radical. Así, ha conseguido 93 votos a favor y tres en contra en la Cámara y 62 a favor y tres en contra en el Senado, tras lo cual deberá ser sancionada por el presidente, Juan Manuel Santos.

Finalmente, la norma reconoce en su artículo tercero la existencia de un conflicto armado en Colombia, a propuesta de Santos y a pesar de Uribe, quien considera que la utilización de este término para definir la acción de los grupos armados ilegales les legitima para intervenir en la vida política del país.

No obstante, los legisladores 'uribistas' han propiciado la inclusión de un párrafo aclarativo, donde se especifica que dicho conflicto no supone el reconocimiento del status de beligerancia o carácter político a los grupos armados ilegales, para evitar que puedan beneficiarse de la norma.

Más allá de este debate, el objetivo de la ley es reparar el daño ocasionado a las víctimas por guerrillas y paramilitares --excluyendo así a las de la delincuencia común, en la que se enmarcan las bandas criminales (Bacrim)--, en base a lo establecido por el Derecho Internacional Humanitario y los Derechos Humanos.

En concreto, el texto ampara a las víctimas de los hechos ocurridos a partir del 1 de enero de 1985 y a los desplazados a partir del 1 de enero de 1991. En el caso de las víctimas de hechos ocurridos con anterioridad a dicha fecha, establece que "accederán a una reparación simbólica y a las garantías de no repetición" de dichos acontecimientos.

En el plano económico, estas personas tendrán derecho a una indemnización, si renuncian a demandar al Estado; a una rehabilitación física y psicológica; y a la restitución de tierras, en el caso de los desplazados, o a una compensación económica equivalente a su valor, cuando esto no sea posible.

En la esfera social, tendrán derecho a la satisfacción, destinada al reconocimiento social de las víctimas mediante la recuperación de la memoria histórica; y a garantías de no repetición de los hechos lesivos, basadas en programas de educación en el respeto a los Derechos Humanos.

Para las futuras víctimas de la violencia, la norma prevé la entrega de una ayuda humanitaria inmediata para cubrir las necesidades que surgen tras la producción del daño --incluidos los gasto médicos y funerarios--, así como asistencia física y psicológica de urgencia.

NUEVA INSTITUCIONALIDAD

La ley establece un aparato institucional para desarrollar su contenido, es decir, destinado únicamente a la reparación de las víctimas, que contempla la creación de cinco nuevos organismos: Comité Ejecutivo, Departamento Administrativo, Unidad Administrativa de Atención y Reparación, Unidad Administrativa de Tierras Despojadas y Centro de Memoria Histórica.

El Comité Ejecutivo se encargará de supervisar la aplicación de la norma en coordinación con el Departamento Administrativo, ocupado del programa integral de reparación e inclusión social de las víctimas, mientras que la Unidad Administrativa de Atención y Reparación atenderá las competencias estatales.

Con una labor más específica, la Unidad Administrativa de Tierras Despojadas llevará los casos de restitución, desempeñando funciones propias de la Fiscalía, y el Centro de Memoria Histórica se encargará de las citadas medidas de satisfacción, según recoge Caracol Radio.