Publicado 17/01/2020 19:43

Colombia.- La JEP rechaza al ex paramilitar 'Jorge 40' como combatiente pero sopesa admitirlo como "tercero civil"

Acto de apoyo al proceso de paz en Colombia
Acto de apoyo al proceso de paz en Colombia - GETTY IMAGES - Archivo

MADRID, 17 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) de Colombia ha rechazado este viernes la solicitud del ex paramilitar 'Jorge 40' para someterse a la justicia transicional en calidad de combatiente, pero ha dejado la puerta abierta a admitirlo como "tercero civil" en el conflicto armado.

'Jorge 40', cuyo nombre real es Rodrigo Pupo Tovar, dirigió el Bloque Norte de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC). Fue extraditado y condenado en Estados Unidos por narcotráfico, si bien tiene otros cargos pendientes en el país iberoamericano.

Durante el proceso judicial en Bogotá contra el ex contratista de la minera Drummond Jaime Blanco Maya, condenado a 38 años de cárcel por su implicación en el asesinato de dos sindicalistas, se determinó que los autores materiales fueron paramilitares a las órdenes de 'Jorge 40'.

El ex paramilitar ha solicitado incorporarse a la JEP, la justicia transicional diseñada en el acuerdo de paz que el Gobierno y la guerrilla de las FARC firmaron en 2016. La JEP establece sanciones alternativas o hasta cinco años de cárcel para quienes confiesen y un máximo de 20 años de prisión para quienes se nieguen a hacerlo.

'Jorge 40' pretendía entrar como ex combatiente pero la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP se ha negado esgrimiendo que la justicia transicional "no tiene competencia material sobre los ex integrantes de grupos paramilitares ni de otros grupos armados ilegales distintos a las FARC".

A este respecto, ha recordado que Pupo Tovar pudo sumarse al proceso de paz ofrecido por el Gobierno de Álvaro Uribe a los paramilitares con la Ley de Justicia y Paz, "pero fue excluido por no contribuir con la verdad a la cual estaba obligado y haber incumplido los compromisos que había asumido".

"La JEP no es una justicia subsidiaria a la de Justicia y Paz, ni un nuevo escenario de justicia transicional que pueda ser utilizado como una estrategia oportunista para evadir los procedimientos y sanciones de la justicia ordinaria", ha aclarado.

No obstante, ha accedido a "estudiar su sometimiento como tercero civil", denominación que el acuerdo de paz da a quienes "actuaron como terceros financiadores o colaboradores" de las partes en el conflicto entre el Estado y las FARC.

'Jorge 40' argumentó en su petición a la JEP que fue "ideólogo, propulsor e integrante del proyecto de Autodefensa, que desarrolló estrategias para enfrentar a la guerrilla fuera de los cánones institucionales y que financió y auspició organizaciones paramilitares, desde 1996".

"Además, manifestó que desde 1998 decidió formar parte de las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá, extendiéndose a otras zonas, hasta convertirse en segundo al mando del Bloque Norte de las Autodefensas", ha precisado la Sala.

Así las cosas, ha emplazado a 'Jorge 40' a "subsanar su solicitud y allegar las pruebas con las cuales acredite que financió y auspició organizaciones paramilitares antes de formar parte de las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá".

También le ha reclamado "proceder a la firma del Acta de Sometimiento y expresar de manera escrita el compromiso concreto, claro y programado en relación con su voluntad de contribuir a la realización de los derechos de las víctimas a la verdad plena, la reparación integral y a la no repetición", dos trámites "obligatorios".