Actualizado 11/11/2009 23:15

Colombia.- El Supremo prohíbe a los trabajadores judiciales realizar huelgas y protestas


BOGOTÁ, 11 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Corte Suprema de Justicia sentenció este miércoles que los trabajadores judiciales no pueden hacer huelgas ni presentar pliegos de peticiones ni realizar protestas que impliquen el cese de sus actividades, porque prestan un "servicio esencial" a la ciudadanía.

El alto tribunal declaró de esta manera ilegal el paro que realizaron más de 70.000 trabajadores de un sindicato judicial entre septiembre y octubre del año 2008, al tiempo que limitó las operaciones y actividades de esta central.

"Los jueces de la República no hacen parte de la Rama Ejecutiva y tampoco son empleados gubernamentales por lo cual no es apropiado que se exijan derechos mediante la huelga", indicó el Supremo.

La sentencia también deja claro que el Código Sustantivo de Trabajo prohíbe la creación de sindicatos de empleados públicos, porque "estos servidores no pueden celebrar convenciones colectivas de trabajo, pactos colectivos de trabajo o contratos sindicales".

Así, recuerda que la Constitución y las leyes colombianas "permiten solamente para los trabajadores oficiales" poder desempeñar este tipo de actividades y protestas, además de la formación de organizaciones sindicales.