Actualizado 13/11/2009 18:33

Colombia.- Tres conjueces del Consejo Electoral invalidan la recogida de firmas para la reelección de Uribe


BOGOTÁ, 13 Nov. (EUROPA PRESS) -

Tres conjueces (jueces provisionales) del Consejo Nacional Electoral (CNE) han fallado este jueves en contra de la validez de la iniciativa de recogida de casi 5 millones de firmas de los ciudadanos para apoyar la reelección del presidente, Álvaro Uribe, impulsando para ello un referéndum que permita modificar la Constitución.

Los conjueces apuestan no sólo por invalidar la iniciativa sino por abrir un pliego de cargos contra los promotores de la iniciativa, informó este viernes Caracol Radio.

El informe que el magistrado ponente Joaquín José Vives elevó el pasado mes de junio al CNE --y que ha servido de base para el dictamen de los conjueces-- sostiene que los nueve miembros del Comité Promotor del llamado referéndum reeleccionista cometieron tres tipos de infracción contra la Ley Electoral.

INFRACCIONES A LA LEY ELECTORAL

El primer tipo de infracción se refiere al hecho de que los promotores recibieron "contribuciones individuales superiores" al límite que marca la ley de 3.350 millones pesos (1,13 millones de euros) por persona natural o jurídica.

Algunas aportaciones se elevaron hasta los 100 millones de pesos (33.900 euros), como en el caso de la Organización Ardila Lulle, a través de varias de sus empresas, incluida la emisora local RCN.

El segundo tipo de infracción está relacionada con el hecho de que omitieron "gastos en el balance" presentado por el Comité Promotor para justificar la financiación del proceso de recogida de firmas al no incluir todos los gastos generados, algo que podría constituir incluso una infracción penal por falsedad.

El último tipo de infracción tiene que ver con la omisión de "contribuciones que fueron registradas como un crédito inexistente en el balance presentado" otorgado en teoría por la Asociación Colombia Primero al Comité Promotor, pero que, según el CNE, no existía como tal sino que se trataba de un mecanismo para ocultar aportaciones por encima del límite legal.

INFRACTORES

En su ponencia, el magistrado Vives identifica múltiples irregularidades cometidas presuntamente por el portavoz del Comité Promotor de la Iniciativa, Luis Guillermo Giraldo Hurtado, así como el gerente de la Asociación Colombia Primero, Carlos Alberto Jaramillo.

También considera que la viuda del ex presidente Víctor Mosquera Cháux, Cecilia Paz de Mosquera, así como la ex magistrada Myriam Donato de Montoya, Juan David Ángel Botero, el ex ministro Gustavo Dájer Chadid, Hediel Saavedra Mosquea, David Salazar Ochoa, y Álvaro Velásquez Cook habrían cometido irregularidades.

El magistrado pide además imponer una multa a la Asociación Colombia Primero porque considera que muchos de sus miembros que forman parte del Comité Promotor recibieron fondos sin estar autorizados para ello y por una cantidad muy superior al límite que marca la ley al otorgar más de 2.000 millones de pesos (680.000 euros).

Todavía está pendiente de investigarse el incremento patrimonial de la asociación desde 2008, cuando se inició la campaña de recogida de firmas.

REACCIONES

El posible candidato presidencial en los comicios de 2011 por el Partido de la U y ex ministro de Defensa Juan Manuel Santos consideró que las consecuencias políticas del fallo de los conjueces no son del todo claras y por lo tanto lo mejor es esperar.

Por su parte, el líder y posible candidato del Partido Liberal Rafael Pardo consideró que el referéndum es "inviable" tras el fallo de los conjueces, mientras que, por su parte, el líder del Polo Democrático Gustavo Petro consideró deslegitimado incluso la aprobación del referéndum por el Congreso.

Mientras, el ex presidente del Tribunal Constitucional Alberto Beltrán se mostró contrario a imponer sanciones a los promotores de la iniciativa.

Por su parte, el magistrado del Consejo Nacional Electoral, Marco Emilio Hincapié, defendió la misma validez del fallo de los conjueces que en el caso de que la decisión hubiera sido tomada por el pleno del Consejo Nacional Electoral.

El prestigioso abogado Juan Manuel Charry defendió, en declaraciones a la radio nacional de colombia, que el fallo de los conjueces no afecte al derecho de participación ciudadana en la consulta pública.

A su juicio una decisión "de tipo administrativo" como es la de los conjueces "no tiene porque viciar el proyecto de ley de convocatoria del referendo".

"No puede ser que vicios administrativos inhabiliten los derechos ciudadanos a la participación, en este caso respaldada por cuatro millones de firmas", apostilló.

Por ello, dejó claro que "la Corte Constitucional tiene que mirar que el derecho a la participación ciudadana se pueda cumplir con garantías y sin restricciones".

La Cámara de Representantes colombiana aprobó el pasado 1 de septiembre el referéndum que permitiría, en caso de aprobarlo la Corte Constitucional, la reelección de Uribe, que podría presentarse a un tercer mandato con 85 votos a favor, sólo uno más de los requeridos por ley para este tipo de proyectos, y cinco sufragios en contra. El Senado colombiano aprobó el referéndum, por su parte, el pasado 19 de agosto con los votos a favor de 56 senadores y dos en contra.

La Corte Constitucional todavía no ha comenzado sus deliberaciones sobre la legalidad del referéndum. Una vez que tenga la ponencia del caso, la corte tiene un plazo de 60 días hábiles para decidir si el referéndum para que los colombianos se respalden o rechacen modificar la Constitución para permitir la reelección presidencial es legal o no, por lo que su dictamen podría no conocerse hasta finales de marzo, a escaso mes y medio de las elecciones presidenciales.