Actualizado 01/06/2011 18:08

Los delitos de la dictadura uruguaya prescribirán en noviembre

Gregorio Alvarez, Dictador Uruguayo
REUTERS


MONTEVIDEO, 1 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Suprema Corte de Justicia de Uruguay ratificó el martes el fallo que dictaminó que las violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante la dictadura militar (1973-1985) son "ilícitos comunes y no de lesa humanidad", por lo que todos los casos de asesinato, tortura y secuestro ejecutados en ese período prescribirán el próximo mes de noviembre.

El pronunciamiento del Supremo responde a una solicitud de aclaración presentada por la fiscal Mirtha Guianze, después de conocerse una sentencia que condenó a los militares José Gavazzo y Ricardo Arab a 25 años de prisión como responsables de 28 "homicidios muy especialmente agravados", a pesar de haber sido acusados por la Fiscalía de "desaparición forzada", delito considerado de lesa humanidad.

La resolución, aprobada con cuatro votos a favor y uno en contra, señala que "no corresponde" calificar de crimen de lesa humanidad la desaparición forzosa, porque se trata de un delito que se introdujo en la ley en 2006, por tanto, "al no existir la norma al momento de ejecutarse los hechos a juzgar, no corresponde su aplicación en forma retroactiva", reza el fallo divulgado por medios locales.

A partir de esta decisión, los magistrados decidieron establecer el 1 de noviembre de este año como la fecha en la que prescribirán los crímenes cometidos durante el régimen militar, sosteniéndose en el Código Penal que establece como máximo 26 años y ochos meses para los delitos de homicidio contados a partir del 1 de marzo de 1985, fecha en la que oficialmente se restableció la democracia en Uruguay.

El Supremo se pronuncia apenas unos días después de que el gobernante Frente Amplio fracasara en su intento de anular la Ley de Caducidad, aprobada en 1986 y ratificada en dos consultas celebradas de 1989 y 2009, pero considerada el paraguas protector de los represores.

La Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado contempla que "para concluir la transición hacia la plena vigencia del orden constitucional" queda anulada la capacidad de la justicia uruguaya de castigar a los responsables de delitos contra los Derechos Humanos cometidos durante la dictadura.