Actualizado 28/04/2007 21:19

España/Bolivia.- El empresario Javier Villanueva pedirá audiencia para reclamar la extinción de la causa


SEVILLA, 28 Abr. (EUROPA PRESS) -

Hoy se han cumplido tres años de la detención del empresario sevillano Javier Villanueva por el asesinato en Bolivia de la fiscal antidroga Mónica Von Borries, por lo que, según las leyes bolivianas, el caso debería prescribir legalmente, aunque sobre el caso aún pesa un recurso de apelación que debe resolver el Tribunal de Santa Cruz (Bolivia) mientras la defensa de este ciudadano español debe solicitar ahora audiencia a la Justicia boliviana a fin de solicitar oficialmente la extinción de la acción penal por retardo del proceso judicial.

Según informó a Europa Press el propio Javier Villanueva, efectivamente hoy se han cumplido tres años de su detención, por lo que probablemente el próximo lunes su abogado elevará a las autoridades judiciales una audiencia para solicitar formalmente la extinción de la acción penal alegando "retardo de la Justicia", mientras el Tribunal de Santa Cruz está todavía pendiente de resolver un recurso formulado contra la sentencia que le absolvió de la muerte de la fiscal antidroga Mónica Von Borries, con lo que podría enfrentarse a una condena de 30 años de prisión si dicho órgano judicial no confirma el anterior fallo.

En principio, el tribunal tiene un plazo de 20 días, que expira el próximo 3 de mayo, para tomar esta decisión después de que el pasado 9 de abril se celebra una vista de apelación.

Este empresario sevillano quedó en libertad sin cargos el 13 de marzo de 2006 tras el veredicto unánime de inocencia alcanzado por el jurado que enjuició el caso en Bolivia por el asesinato de la fiscal antidroga Mónica Von Borries. No obstante, después de que la Fiscalía recurriese el fallo, Villanueva apeló contra la orden de arraigo que le impide abandonar el país, aunque tal recurso ha ido pasando por varias salas de vocales a raíz de la recusación de las instancias judiciales.

Dicho recurso se presentó bajo el argumento de que, una vez que fue absuelto por el tribunal del jurado, "deben suspenderse todas las medidas personales" impuestas contra su persona. Así, recordó que la medida de arraigo que le fue impuesta es "ilegal completamente" pues, según el artículo 364 del nuevo Código de Procedimiento Penal de Bolivia, "cuando se dicta una sentencia absolutoria, debe decretarse la libertad del imputado en el acto, la cesación de todas las medidas cautelares personales y se fijarán las costas (...) La libertad se ordenará aún cuando la sentencia no esté ejecutoriada y se cumplirá directamente desde la Sala de la Audiencia".