Actualizado 08/11/2007 17:24

España.- El Consejo de Ministros autoriza la firma y aplicación del Convenio Multilateral de Seguridad Social


MADRID, 8 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros autorizó hoy la firma y aplicación provisional del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social cuya adopción está previsto que se produzca en el marco de la XVII Cumbre Iberoamericana de jefes de Estado y de Gobierno que esta mañana comenzó en Santiago de Chile.

Según informó el Gobierno, la V Conferencia de ministros y/o máximos responsables de la seguridad de los 22 países iberoamericanos, que se celebró en la ciudad española de Segovia los días 8 y 9 de octubre de 2005, estableció la elaboración de un proyecto de convenio multilateral de Seguridad Social en el que se solicitó que el proceso de elaboración y de negociación de sus contenidos, así como el apoyo y la colaboración de la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB) y de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social, y la participación de la Organización Internacional del Trabajo, la Conferencia Iberoamericana de la Seguridad Social y otros Organismos con implantación en la región.

El futuro Convenio tratará de potenciar los principios y objetivos básicos que informan los sistemas de Seguridad Social en Iberoamérica, como medio fundamental para garantizar la cohesión social y el desarrollo equilibrado de la sociedad iberoamericana, en el marco de los cuales la igualdad de trato, el mantenimiento y la consolidación de los derechos adquiridos o en curso de adquisición de los trabajadores migrantes han constituido una preocupación constante para los diferentes países de la Comunidad Iberoamericana.

Con la implantación de este convenio se pretende asegurar la cobertura social de trabajadores que a lo largo de su vida laboral o profesional coticen en distintos Estados de la Comunidad Iberoamericana, aunque sin que se modifiquen las características propias de los distintos sistemas de Seguridad Social, por lo que se respetarán las legislaciones vigentes en esa materia de los respectivos países, en base a la aplicación de su plena soberanía.

El nuevo Convenio se aplicará no sólo a los trabajadores nacionales de los países miembros de la Comunidad Iberoamericana y sus familiares sino que se extenderá a los nacionales de terceros países mientras que presten servicios en alguno de los Estados parte del Convenio, el cual se limitará a las prestaciones de carácter contributivo relativas a la invalidez, vejez, superviviencia y accidentes de trabajo así como enfermedades profesionales.

Además, de forma bilateral, distintos países podrán ampliar de forma explicita la cobertura u objeto del Convenio. Sin embargo, quedarán excluidas expresamente las prestaciones médicas así como los regímenes no contributivos ni de asistencia social y a los correspondientes en víctimas de guerras.