Publicado 17/01/2019 11:22

Tras la flexibilización por parte de Bolsonaro, ¿cómo se encuentra el control de armas de fuego en Iberoamérica?

Arma de fuego , pistola
PIXABAY - Archivo

   MADRID, 17 Ene. (Notimérica) -

   El presidente de Brasil, Jair Bolsonaro, firmó este martes el decreto que facilita la compra, el registro y la tenencia de armas de fuego, cumpliendo así una de sus principales promesas durante la campaña para las elecciones presidenciales del pasado mes de octubre.

   "Como ha decidido el pueblo soberanamente, y para salvaguardar el derecho a la legítima defensa, ahora, como presidente, voy a usar este arma", señaló el líder ultraderechista mostrando a la prensa el decreto firmado.

   En octubre de 2005, el 63% de los brasileños votó en contra de la restricción de la venta de armas y municiones durante un referéndum nacional. La medida nunca se convirtió en ley.

   Según un estudio publicado por la revista académica JAMA en 2018, Brasil es uno de los seis países del mundo donde más se concentran las muertes relacionadas con armas de fuego.

   Entre 1990 y 2016, Brasil, México, Colombia, Venezuela, Guatemala y Estados Unidos registraron más de la mitad de muertes por armas de fuego a nivel mundial, según el estudio.

   Las cifras más altas de homicidios relacionados con armas de fuego estuvieron concentradas en la región que va desde México, hasta el Caribe y Brasil.

MÉXICO

   En México, la Constitución en su artículo 10, permite que sus ciudadanos tengan armas en su domicilio para "seguridad y legítima defensa".

   Su porte únicamente es legal cuando se tiene una licencia (en el caso de los particulares) o cuando son servidores públicos los que necesitan un arma para el ejercicio de sus funciones, según el Gobierno mexicano.

   La portación, fabricación o importe de armas sin los permisos correspondientes, estaría cometiendo un delito con una pena de entre tres meses y 30 años de prisión, según la Procuraduría General de México.

ARGENTINA

   Desde 2007 en Argentina se creó el Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas cuyo fin es desarmar a los civiles a través de la entrega voluntaria y anónima de las armas para promover la cultura de la no violencia y evitar muertes por disparos, según informó 'Télam'.

   A quienes entreguen las armas se les otorga una bonificación económica que oscila entre los 1.000 y 3.000 pesos argentinos (entre 23 y 80 dólares).

COLOMBIA

   El porte de armas en Colombia está prohibido, según un decreto firmado por el presidente, Iván Duque, el pasado mes de diciembre.

   En Colombia la ley establece que el monopolio de las armas debe estar concentrado en el Estado. Sin embargo, el Ministerio de Defensa imparte las directrices para la expedición de autorizaciones especiales, algo que se hace de manera "discrecional", según el gobierno.

BOLIVIA

   En Bolivia, las armas de uso civil están reguladas y destinadas para fines de seguridad. Las licencias de armas tienen una vigencia de tres años y el no tener licencia se considera como tenencia ilegal de porte o portación de armas de fuego, según la ley 400 de 2013 informó 'CNN'.

   En este país iberoamericano, aún con autorización, se encuentra prohibido el porte y uso de armas de fuego, entre otros, en reuniones sociales y actos públicos y privados de cualquier naturaleza. Así mismo, se prohíbe la tenencia, porte y uso a quienes estén en estado de embriaguez, menores de edad, empresas y personal de seguridad privado, entre otros.

PUERTO RICO

   Aquí la ley permite a las personas que tengan una licencia tener como máximo dos armas de fuego, pero su porte y transporte debe ser de forma "oculta o no ostentosa", según la Nueva Ley de Armas en Puerto Rico del año 2000.

   Las personas solo pueden portar una sola arma y no puede ser transportada en el cuerpo de quien tenga licencia, asegura el documento.

NICARAGUA

   En este país es legal poseer, con un permiso especial, todo tipo de pistolas y revólveres con calibres 22, y hasta 45, para la defensa personal y para protección de objetivos de interés económico, siempre y cuando no sean automáticas, según la Ley 510 de 2004.

   En Nicaragua no podrán adquirir armas los menores de 21 años, quienes padezcan de un impedimento físico o mental para su uso y manipulación, quienes hayan cometido delitos graves, o tengan antecedentes judiciales los últimos cinco años, y quienes hayan sido condenados por delitos contra el orden público, actos terroristas, violencia intrafamiliar, trata de personas y delitos sexuales, según la legislación vigente.