Publicado 27/11/2019 18:15

El TSJC paraliza por primera vez tres nuevas 'embajadas' catalanas porque podrían "perturbar" la política exterior

AMP2.-El TSJC paraliza cautelarmente tres nuevas 'embajadas' catalanas porque po
AMP2.-El TSJC paraliza cautelarmente tres nuevas 'embajadas' catalanas porque po - EUROPA PRESS

Afirma que la decisión es "coherente" con la suspensión cautelar del Plan de Acción Exterior de la Generalitat por parte del TC

BARCELONA, 27 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha suspendido cautelarmente la apertura de tres nuevas delegaciones de la Generalitat en Argentina, México y Túnez, por considerar que podrían crear "interferencias en la política exterior del Estado perturbando su contenido" y crear "confusión en terceros Estados y organizaciones internacionales sobre el alcance de la acción exterior del Govern".

La sección quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo ha estimado la petición de medidas cautelares que formuló el Ministerio de Exteriores cuando recurrió los tres decretos de la Generalitat por el que se crearon estas tres oficinas.

Aunque esta decisión no prejuzga la decisión sobre el fondo del recurso, el TSJC asume la tesis de que "la actuación exterior de la Generalitat de Catalunya al margen de la política exterior del Estado español" podría generar una "merma de confianza" en las relaciones internacionales" y, por tanto, daños "difíciles de reparar", según dice el auto, consultado por Europa Press.

El tribunal no acepta, en cambio, el argumento de la Generalitat de que demorar la apertura de las oficinas sea "gravemente perjudicial para ciudadanos y empresas", sobre todo porque en Buenos Aires y México el Govern tiene ya oficinas comerciales. La Generalitat puede interponer un recurso de reposición en el plazo de cinco días.

El auto del TSJC argumenta además que esta suspensión es "coherente" con la decisión del Tribunal Constitucional de suspender, también cautelarmente, el Plan de Acción Exterior de la Generalitat, puesto que los decretos de creación de las oficinas "forman parte del desarrollo" de ese plan. El TC comunicó al TSJC que tiene pendiente un recurso de competencia sobre ese plan.

LA PRIMERA PARALIZACIÓN

Aunque se trata de una suspensión cautelar, es la primera vez que la Justicia frena la apertura de nuevas delegaciones de la Generalitat en el exterior. El pasado mes de julio, Exteriores pidió el cierre cautelar de las ubicadas en Berlín, Ginebra y Londres, pero el TSJC entendió que no cabía pedir una medida "cautelar" meses después de haber presentado el recurso de impugnación.

En 2017, la aplicación del artículo 155 de la Constitución supuso el cierre de todas las delegaciones de la Generalitat en el exterior, con la excepción de la de Bruselas, pero el Govern volvió a abrirlas una vez que se levantó la medida.

Sobre las de México, Argentina y Túnez, Exteriores solicitó suspender los tres decretos para evitar "perjuicios de difícil o imposible reparación a la imagen de España y a la política exterior del Estado", dadas las actuaciones de otras delegaciones contrarias a los principios de unidad de acción exterior, lealtad institucional, coordinación y cooperación, según el auto.

También solicitó las medidas cautelares por el "riesgo grave de confusión en otros sujetos de Derecho Internacional", y argumentando que los decretos impugnados incluyen competencias que son contrarias a la Ley de Acción y Servicio Exterior del Estado.

La Generalitat se opuso a la adopción de medidas cautelares alegando que el Ministerio confunde la creación de las delegaciones con su actividad posterior y argumentando que la suspensión cautelar no puede basarse "en conjeturas, presuposiciones y creencias".

CONTRADICCIÓN CON COMPETENCIAS DEL ESTADO

En su auto, si bien recuerda que la adopción de medidas cautelares no prejuzga la decisión de fondo, el TSJC tiene en cuenta que las nuevas oficinas pretenden "promover y coordinar relaciones bilaterales" con los Estados de destino, tal como dicen los propios decretos, cosa que entra en "abierta contradicción con la competencia exclusiva del Estado" en esa materia.

Y, aunque los tres decretos enmarcan esas relaciones bilaterales "en en el ámbito de las competencias de la Generalitat", el Tribunal cree que no cabe "ignorar la dimensión política" que el propio gobierno catalán ha dado a la creación de estas oficinas.