Publicado 28/11/2019 13:11

UE.- La Justicia europea da la razón a Banco Cooperativo Español contra la JUR


BRUSELAS, 28 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal General de la Unión Europea (TUE) ha dado este jueves la razón a Banco Cooperativo Español y ha anulado la decisión de la Junta Única de Resolución (JUR) que fijó la cantidad que la entidad española debía abonar al fondo europeo de resolución en el año 2016.

Se trata, sin embargo, de una sentencia sobre la que todavía puede interponerse un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de la UE en el plazo de dos meses y diez días, pero está limitado a cuestiones de Derecho.

La JUR estableció en abril de 2016 el importe anual de la contribución al fondo europeo de resolución de cada una de las entidades de crédito europeas obligadas a dicho pago, entre ellas el Banco Cooperativo Español.

El banco impugnó la decisión alegando, entre otras cuestiones, que la decisión de la JUR le estaba gravando como si fuera una entidad con un perfil de riesgo muy elevado y no como entidad con riesgo conservador. Además, señalaba que la decisión infringía el principio de proporcionalidad por no considerar el doble cómputo que se produce en determinados pasivos.

En su sentencia, el Tribunal General ha anulado esta decisión de la JUR en lo que respecta al Banco Cooperativo Español por considerar que "adolece de falta de autenticación", algo que "constituye un vicio sustancial de forma" que "lleva aparejada además la nulidad del acto".

Por otro lado, los jueces europeos han considerado que el procedimiento de adopción de la misma se tramitó "haciendo manifiestamente caso omiso de los requisitos procedimentales aplicables a su aprobación" porque tuvieron lugar "un importante número de infracciones de normas relativas a la tramitación por vía electrónica".