Publicado 02/04/2020 11:02

UE.- El TUE sentencia que Hungría y Polonia violaron las reglas de la UE por negarse a acoger refugiados

UE.- El TUE sentencia que Hungría y Polonia violaron las reglas de la UE por neg
UE.- El TUE sentencia que Hungría y Polonia violaron las reglas de la UE por neg - Angelos Tzortzinis/dpa - Archivo

BRUSELAS, 2 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dado este jueves la razón a Bruselas en su pulso contra Hungría, Polonia y República Checa por negarse a cumplir con sus obligaciones de acogida de refugiados fijadas en el programa creado en 2015 para trasladar con urgencia al resto de países de la UE a miles de demandantes de asilo llegados a Italia y Grecia.

En su sentencia de este jueves, el tribunal con sede en Luxemburgo considera que Hungría, Polonia y República Checa incumplieron con sus obligaciones derivadas del Derecho de la UE y rechaza que pudieran invocar sus responsabilidades de mantener el orden público y seguridad nacional en su territorio.

La llegada masiva de migrantes a Italia y Grecia en 2015 colapsó los sistemas de control de fronteras y acogida de refugiados de ambos países, lo que obligó a los socios de la UE a diseñar un plan de emergencia para reubicar a hasta 160.000 demandantes de asilo.

Sin embargo, Hungría y Polonia se negaron a recibir a un solo demandante de asilo, mientras que República Checa recibió primero a doce personas llegadas a Grecia y después decidió dejar de cooperar, alegando un riesgo para la seguridad.

El Tribunal europeo ha aclarado en su sentencia que para invocar las responsabilidades en materia de mantenimiento del orden público y de seguridad, las autoridades nacionales deberían de haber examinado "caso por caso" cada traslado y basar sus conclusiones en elementos "coherentes, objetivos y precisos" que apuntaran a que la persona candidata al traslado constituía un "peligro actual o potencial".

Por ello, añade la Justicia europea, un país de la UE no puede invocar estos supuestos con el argumento de "prevención general y sin demostrar la relación directa" con casos individuales con el fin de suspender o cesar el cumplimiento de las obligaciones que le incumben de acuerdo a las reglas comunes.

Tampoco acepta que un Estado miembro, en este caso República Checa, pueda acogerse a una "apreciación unilateral" de la falta de eficacia alegada o la presunta disfunción del mecanismo para eludir su cumplimiento.

LA UE QUEDÓ LEJOS DE SU COMPROMISO INICIAL

El acuerdo de los Veintiocho para tratar de aliviar la presión migratoria que Roma y Atenas no podían gestionar se tradujo en un compromiso legalmente vinculante para recibir en su territorio a un total de 160.000 demandantes de asilo a partir de septiembre de 2015 y durante un periodo de dos años.

Cuando expiró el programa de reubicación, los países de la Unión Europea se quedaron lejos de su compromiso inicial ya que finalmente fueron reubicados en total algo menos de 35.000 personas, aunque la Comisión Europea justificó esta revisión a la baja alegando que no había más candidatos elegibles.

El mecanismo urgente para el reparto de cuotas de acogida salió adelante con el voto en contra de Hungría, Rumanía, República Checa y Eslovaquia, países a los que, sin embargo, también se asignó un porcentaje de acogida.

Hungría y Eslovaquia llevaron el pacto al Tribunal de Justicia de la UE para tratar de impugnarlo, pero la Justicia europea en un primer fallo de 2017 avaló el sistema y lo definió como "necesario" y "proporcionado".

Desde entonces, Bruselas ha tratado sin éxito de diseñar con los estados miembro un sistema similar pero permanente, que en caso de nuevas crisis permitiera activar un reparto automático de cuotas de acogida. Las diferencias entre las capitales tampoco han permitido reformar la política europea de asilo para responder a la demanda de los países más expuestos a los flujos migratorios.