Actualizado 08/09/2015 11:35

Venezuela, condenada por el controvertido cierre de la cadena RCTV en 2007

CARACAS, 8 Sep. (EUROPA PRESS) -

   La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dictaminado este lunes que el Estado venezolano debe devolver la frecuencia que retiró en 2007 a Radio Caracas Televisión (RCTV) así como todos los vienes que le fueron incautados a la cadena, lo que supone en la práctica que ésta debería poder volver a emitir.

   En su veredicto, aprobado de forma unánime por los siete jueces que la integran, la Corte considera que con el cierre del canal, ordenado por el entonces presidente venezolano Hugo Chávez, violaron los derechos a la libertad de expresión, al debido proceso, a las se garantías judiciales y a la tutela jurídica efectiva, en los términos establecidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

   "El Estado deberá restablecer la concesión de la frecuencia del espectro radioeléctrico correspondiente al canal 2 de televisión y deberá devolver los bienes objeto de las medidas cautelares", reza la sentencia, que se dictó el pasado 22 de junio pero no se ha dado a conocer hasta ahora.

   El caso representó "una restricción indirecta al ejercicio del derecho a la libertad de expresión producida por la utilización de medios encaminados a impedir la comunicación y circulación de la ideas y opiniones", sostiene el veredicto, en el que se atribuye a la postura crítica de los propietarios de RCTV respecto a Chávez la decisión de su cierre.

   Asimismo, según recogen los medios locales, se ordena al Estado a devolver de forma permanente a RCTV su frecuencia mediante un proceso "abierto, independiente y transparente".

   Por otra parte, se insta a "tomar las medidas necesarias a fin de garantizar que todos los futuros procesos de asignación y renovación de frecuencias de radio y televisión que se lleven a cabo, sean conducidos de manera abierta, independiente y transparente", lo que afectaría a otros medios en el futuro. El objetivo, según la Corte Interamericana, es "fortalecer de manera efectiva el pluralismo democrático y el respeto a las garantías judiciales".

   Por último, en concepto de daño material e inmaterial, se ordena el pago de 10.000 dólares a siete accionistas, entre ellos su presidente Marcel Granier, así como 50.000 dólares a catorce trabajadores de la cadena, según 'El Universal'. El Estado venezolano deberá rendir cuentas sobre el cumplimiento de la sentencia ante la Corte en el plazo de un año.