Actualizado 28/03/2006 15:34

Venezuela.- El Supremo prohíbe ejercer cargos públicos a la viceministra de Asuntos Exteriores


CARACAS, 28 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revocó una medida cautelar que protegía a la actual viceministra de Asuntos Exteriores para América del Norte, Mari Pili Hernández, de una sanción impuesta por la Contraloría General de la República.

Con esta decisión, que ha sido adoptada por el magistrado Luis Velásquez Alvaray, se inhabilita a la viceministra para ejercer un cargo público durante tres años y se le impone una multa de 285.600 bolívares (unos 110.000 euros).

Al parecer, cuando Hernández ejerció como concejal ratificó con su voto seis órdenes de pago mediante las que el alcalde del Municipio Libertador ordenaba la transferencia de aporte al Instituto de Previsión Social del Concejo del Municipio Libertador.

Por decisión de la Contraloría General de la Republica se declaro improcedente un recurso de reconsideración. la Sala Constitucional había acordado una medida cautelar solicitada por sus abogados porque su destitución podía afectar a las relaciones diplomáticas del país.

No obstante, por una apelación esgrimida por la Contraloría y tras ser analizada por la Sala Constitucional, determino que la función pública de un funcionario no incide en la continuidad en la ejecución de las políticas y fines del Estado.

"La suspensión de Hernández y su posterior destitución no comporta la interrupción o la afectación de las relaciones diplomáticas de Venezuela con los estados que se encuentran en América del Norte, sino que es una función a titulo particular", recordó.