Actualizado 24/10/2006 22:25

Argentina.- Condenan a una propietaria a indemnizar a una pareja a la que no quiso alquilar su piso porque eran judíos


BUENOS AIRES, 24 Oct. (Del corresponsal de EUROPA PRESS Rafael Saralegui) -

La Cámara de lo Civil de la capital argentina condenó a la propietaria de un apartamento a indemnizar con 34.000 pesos (8.700 euros) a una pareja a la que no quiso alquilárselo por tratarse de miembros del colectivo judío.

Las juezas Zulema Wilde y Rosario Mattera, condenaron a la abogado Magdalena Safuentes Fernández a indemnizar a la pareja formada por Leila Salem y Luciano Hertzriken, por daño psicológico y moral.

El hecho ocurrió en 2001, cuando la pareja, a través de una agencia inmobiliaria, había convenido el alquiler de un apartamento, en el barrio de la Recoleta. Pero cuando estaban por firmar el contrato, la propietario se negó a alquilarlo al enterarse de que los futuros inquilinos eran de ascendencia judía.

Según acreditaron testigos en el juicio, la propietaria alegó temer la posibilidad de que su inmueble fuera objeto de un atentado terrorista. La pareja denunció el caso ante el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), que lo llevó a la justicia.

En primera instancia la demanda fue rechazada. Pero la Sala 'J' de la Cámara Civil de Buenos Aires la aceptó, al sostener que "la libertad de elegir a quien se quiere tiene límites. La intimidad del ámbito en que se expresan las ideas (una empresa inmobiliaria) no le sirve de eximente a la discriminadora para dejar inmune una violación a la Constitución, ni tomar decisiones arbitrarias".

Gregorio José Dalbón, el abogado de la pareja, declaró a la prensa que "es el primer fallo en la historia de la Argentina en donde se condena a una persona que discriminó, a indemnizar el daño moral de la víctima. Al no existir legislación en el país, se trata de un caso testigo basado en jurisprudencia internacional".