Actualizado 14/12/2006 12:46

Colombia.- El Gobierno colombiano informa que paramilitares desmovilizados antes de mayo podrían recibir el indulto


BOGOTÁ, 14 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno colombiano informó que los paramilitares desmovilizados antes del 18 de mayo de este año podrían recibir los "beneficios del indulto, cesación de procedimiento, preclusión y auto inhibitorio consagrados" en la Ley de Justicia y Paz.

"El beneficio sólo se aplica para quienes se desmovilizaron antes del 18 de mayo de 2006, día cuando la Corte Constitucional declaró inexequible el artículo 71 de la Ley de Justicia y Paz, que calificaba como sedición "el hecho de conformar grupos armados ilegales o hacer parte de grupos armados ilegales que interfieran el libre funcionamiento del orden institucional", indica el Ejecutivo en un comunicado.

El Decreto 4436 establece que para la concesión del indulto o cesación, preclusión e inhibitorio se requiere la calificación de la conducta de conformación o participación de o en grupos de autodefensa por un juez o un fiscal, según corresponda.

Según especifica la nota oficial, el Decreto precisa que no pueden ser beneficiaros del indulto aquellos que hayan cometido "delitos atroces y de ferocidad o de barbarie, graves violaciones al Derecho Internacional Humanitario, crímenes de guerra y, en general, los que la legislación nacional e internacional proscribe de tales beneficios".

Además, tampoco procederá otorgar el indulto cuando los miembros de los grupos armados "se organizan para cometer los delitos que admiten beneficio por su propia cuenta y riesgo", es decir, "ajenos al móvil grupal e ignorando el mando responsable del mismo".