Actualizado 13/11/2015 11:55

Colombia, a un paso de legalizar marihuana con fines medicinales

¿En Que Paises De América Latina No Está Penado El Consumo De Marihuana?
GETTY

BOGOTÁ, 12 Nov. (Notimérica) -

   El Ministerio de Salud de Colombia ha dado a conocer este jueves un decreto que legaliza la producción y el consumo de marihuana con fines medicinales en el país.

   El documento, que aún no ha sido firmado por el presidente colombiano, Juan Manuel Santos, tiene por objeto reglamentar la posesión de semillas, el cultivo de la planta, los procesos de producción y distribución, así como regular la posesión de marihuana y sus derivados para "fines estrictamente médicos y científicos".

   En una entrevista a Blu Radio, el ministro de Justicia, Yesid Reyes, ha indicado que el decreto está en la última fase previa a su revisión.

   "Lo que el decreto establece es la posibilidad de que, cuando se la vaya a cultivar con fines médicos o científicos, se pueda hacer, siempre y cuando se tengan las respectivas licencias", ha indicado el ministro.

   A su vez, el funcionario ha precisado que el decreto no contempla la legalización del cannabis en general, cuya plantación y comercialización no medicinal sigue estando penalizada.

   El decreto, que ha sido firmado por el ministros de Agricultura, Aurelio Iragorri; de Salud, Alejandro Gaviria; y de Justicia, Yesid Reyes, explica que el Consejo Nacional de Estupefacientes (CNE) será el encargado de otorgar los permisos para poder cultivar la planta.

   Asimismo, el Ministerio ha indicado que este decreto afectará a las personas jurídicas y naturales de nacionalidad colombiana o extranjera con domicilio en el país.

   Tal y como anunció el ministro de Salud hace unos días el decreto pretende establecer "condiciones controladas" para facilitar la producción de marihuana y evitar "que se filtre al negocio ilícito".

   Gaviria aseguró que este decreto complementa el proyecto de ley sobre uso medicinal de la marihuana que se analiza el Congreso, e indicó que dicha acción está permitida por la Ley 30 de 1986.