Publicado 16/05/2016 09:59

Distintas velocidades pero un camino claro

Práxedes Saavedra
FIBGAR

   MADRID, 16 May. (Por Práxedes Saavedra Rionda, Abogado FIBGAR) -

   10 de mayo de 2006: la Corte Constitucional Colombiana señala la incompatibilidad de la prohibición total de la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) con la Carta Magna de la República. Se establece el sistema de despenalización por causales de riesgo para la vida o salud de la mujer, presencia de malformaciones incompatibles con la vida en el feto y que el embarazo sea fruto de violación o incesto. Diez años después, recordamos un éxito, reconocemos un primer paso, agradecemos un ejemplo y seguimos adelante.

   Desde un punto de vista técnico-jurídico, el aborto es un fenómeno ante el cual las sociedades no presentan un punto de vista unívoco, con lo que se han establecido tres sistemas generales de regulación, a saber, la prohibición total, la despenalización por causales (presentándose una o varias de las antes mencionadas y con distinta percepción del impacto de la situación socioeconómica de la mujer) y la legalización dentro de un plazo, sin perjuicio de que se puedan mantener las causales tras dicho plazo. El Centro de Derechos Reproductivos permite saber a golpe de vista la elección de cada país en el siguiente mapa interactivo.

   La falta de acuerdo es donde se encuentra la clave ¿qué significado es el que se le da a la gestación? O acercando las preguntas más al día a día ¿qué valor tiene la vida humana? ¿y cuándo comienza ésta? ¿Cuándo se puede individualizar? El problema radica en que la gestación es un proceso biológico, un continuo, en el que es difícil señalar fases o determinar puntos de inflexión y, más aún, dotar a dichos momentos de significado social inequívoco. Y es que la Biología no nos debe nada en tanto que seres culturales, que leen el mundo siempre a través de gafas.

   Cuando no se encuentra una respuesta "física" se acude a la metafísica. El desacuerdo está, pues, asegurado. Solo dos datos: 1) mientras la teoría general y actual en el cristianismo es la oposición tanto a la IVE como a la anticoncepción, en el islam se debate en qué momento se insufla el alma, y por tanto la vida, al feto y en el judaísmo es casi obligada la interrupción en caso de riesgo para la madre; 2) y esto solo son generalizaciones, por ejemplo, la posición del cristianismo parece estar evolucionando de la mano de los propios fieles. Mujeres, católicas, colombianas, así lo señalan con su propia voz, que es la de tantas otras en todas Latinoamérica y el mundo.

   Sin embargo, a pesar de la incertidumbre, existen datos inapelables sobre los que avanzar:

   - Individualmente: Interrumpir el embarazo es una decisión costosa emocionalmente, nunca fácil, que cuando se toma se hace conscientemente y de ningún modo carente de dificultad. Abortar jamás es una decisión banal.

   - Socialmente: el aborto es una cuestión de salud pública. La ausencia de medios y procedimientos públicos de acceso, fruto de una prohibición total o parcial, nunca lleva a reducir las interrupciones, sino a recurrir a terceros países o, las más de las veces, a sistemas clandestinos, sótanos insalubres, húmedos, oscuros. El resultado final: lesiones irreparables si no, directamente, la muerte de las mujeres. El Guttmacher Institute nos regala un número: un millón, las mujeres anualmente hospitalizadas fruto de abortos inseguros.

   - Jurídicamente: la IVE se inserta en el marco de los derechos sexuales y reproductivos y, estos, en los Derechos Humanos. El camino que internacionalmente siguen ambas categorías se alinea con la laicidad, la centralidad de las víctimas y el máximo reconocimiento de la autonomía individual. No es posible perderse al caminar, la propia Corte Interamericana de Derechos Humanos da luz con su actividad: el caso Artavia Murillo, y su interpretación evolutiva de los derechos implicados, es un ejemplo de buena guía para este transitar.

   Y en este contexto, Latinoamérica es a la vez muestra del paso firme hacia una regulación coherente con estos tres pilares y prueba de la necesidad de seguir luchando sin descanso. Lo primero nos lleva a recordar el décimo aniversario de la C-355 y el camino que abrió y del que es muestra, entre otras, la sentencia C-754 que inequívocamente recuerda la categoría de derecho fundamental del aborto. Pero mientras Colombia transita esta vía no libre de obstáculos, y aún lejos de destino, es nuestro deber recordar los casos en los que la senda está aún por marcar.

   Por ejemplo: un nombre, Glenda Xiomara Cruz; un país, El Salvador; un destino, prisión por un aborto espontáneo llamado homicidio.

   En el camino del reconocimiento del derecho a la IVE como derecho fundamental que es, y en la extensión y con la protección que como tal merece, no todas las sociedades se encuentran en el mismo punto, pero hemos también de recordar que otros derechos fundamentales dependen de este: el derecho a la educación, la libre determinación y autonomía que suponen el control de la capacidad reproductiva, la efectiva protección frente a todos los resultados de la violencia sexual.

   A modo de cierre, una idea: como sociedades decidimos respetar la individualidad en la selección del desarrollo de la propia personalidad, pero también establecimos un mínimo innegociable: los Derechos Humanos. La Fundación Internacional Baltasar Garzón reconoce la centralidad de la IVE en el compromiso por los Derechos Humanos y, con el aniversario de la C-355, confirma su compromiso por los derechos sexuales y reproductivos, por la vida de las mujeres. Una vez más, Latinoamérica es una de las luces a seguir, no pestañeemos en esta lucha.