Actualizado 12/02/2010 15:52

España/Nicaragua.- España y Nicaragua reconocen recíprocamente los permisos de conducción

MADRID, 12 Feb. (EUROPA PRESS) -

España y Nicaragua reconocerán recíprocamente los permisos de conducción y licencias de conducción nacionales expedidos por sus Autoridades, según la autorización anunciada hoy en el Consejo de Ministros.

Gracias a este pacto, los titulares de un permiso o licencia de conducción válido (de conformidad con la Tabla de Equivalencias y el Protocolo de Actuación, que forman parte integrante del acuerdo) y en vigor, expedidos por uno de los países, podrán conducir temporalmente en el territorio del otro durante el tiempo que determine la legislación nacional del Estado donde se pretenda hacer valer esa autorización, siempre y cuando tengan su residencia legal.

Asimismo, establece que el titular de un permiso o licencia de conducción expedido por uno de los Estados, que tenga su residencia legal en el otro, de acuerdo con las normas internas de éste podrá obtener su permiso o licencia de conducción equivalente a los del Estado donde ha fijado su residencia, de conformidad a la tabla de equivalencias entre las clases de permisos.

Finalmente, se regulan los supuestos en los que los titulares de permisos de conducción nicaragüenses tienen que realizar exámenes teóricos o prácticos cuando soliciten el canje de permisos de conducción por los equivalentes españoles.