Actualizado 30/03/2017 07:23

El juez Carroza desestima la versión oficial del asesinato del fundador del MIR

   SANTIAGO DE CHILE, 27 Oct. (Notimérica) -

   El juez chileno Mario Carroza ha dictado este martes someter a proceso por homicidio a los militares retirados Miguel Krassnoff Martchenko, César Manríquez Bravo y Rodolfo Concha; el excarabinero Ricardo Lawrence y la agente Teresa Osorio, acusados de la muerte del fundador del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), Miguel Enríquez, hace 42 años.

   Para determinar la decisión, el magistrado entregó un escrito justificado "en el estado actual del avance del proceso" de los hechos que llevaron a la muerte de Enríquez, padre de Marco Enríquez-Ominami, el 5 de septiembre de 1974 en la comuna de San Miguel, en Santiago de Chile, según indica el diario 'La Tercera'.

   En la narración ha explicado que "Miguel Humberto Enríquez Espinosa, a raíz de los acontecimientos acaecidos en el país a contar del 11 de septiembre de 1973, era intensamente buscado por las fuerzas de seguridad, al ser requerido públicamente mediante bando militares en medios de prensa, por lo que decide vivir en la clandestinidad".

   Enríquez, que se encontraba en la vivienda nº725 de la calle Santa Fe junto a su pareja Carmen Castillo Echeverría, fue atacado por agentes de seguridad de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) tras haber efectuado "seguimientos que les permitieron ubicar su domicilio", ha incluido en el dictamen. En el inmueble también se encontraban otros miembros del MIR, José Bordas Paz y Humberto Sotomayor Salas.

   Al llegar al lugar en varios vehículos, "los agentes, sin advertencia alguna, comienzan a disparar contra el domicilio, ante lo cual la víctima y los otros habitantes del inmueble deciden responder desde el interior, pero ante la imposibilidad de hacerle frente a sus atacantes, Miguel Enríquez encontrándose herido intenta escapar por las techumbres de las casas colindantes una vez que asegura la suerte de Carmen Castillo", ha comentado el magistrado.

   Los agentes le esperaron y le abatieron a tiros, siendo esa la causa de su muerte: heridas de bala facio-cráneo-encefálicas. Uno de los proyectiles penetró en la región abdominal, mientras que otro penetró en una zona cercana al ombligo.

   Así, "se estima que corresponde a un proyectil que ha hecho impacto corporal después de rebote. Se trata de disparos estimados de larga distancia en Medicina Legal", extrae el escrito. En lo que se refiere a los demás, su pareja y sus compañeros heridos lograron huir del lugar a través de los techos de las casas colindantes.

   A pesar de que la información oficial entregada en aquella oportunidad destacara que Enríquez se defendió con disparos desde el interior de la vivienda, Carroza ha establecido que "el aludido enfrentamiento no existió, por el contrario, se advierte una preparación centrada en el operativo de detención, que permitieron determinar con antelación su ubicación, permitiendo que la brigada a cargo de las indagaciones y represiones del MIR preparara el lugar".

   Por tanto, se planificó su detención y muerte, de manera que "el lugar fue cercado con antelación por los jefes operativos y comunicado a los canales respectivos de la dirección de la institución, aprobada por ésta el objetivo", ha adjuntado la sentencia. En conclusión, "en ningún caso es posible de ser catalogado como medio disuasivo", ha admitido Carroza.