Publicado 04/11/2020 16:06

Papa Francisco.- El Papa niega a los obispos su facultad para validar nuevos Institutos de Vida Consagrada

(Esta noticia amplía y sustituye a la anterior a todos los efectos)9

ROMA, 4 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Papa ha regulado la competencia de los obispos en la constitución de nuevos Institutos de Vida Consagrada o Sociedades de Vida Apostólica que, a partir del 10 de noviembre, dejarán de tener vía libre para aprobarlos y será necesario pedir permiso previo a la Santa Sede.

Según ha informado la oficina de prensa de la Santa Sede, Francisco ha modificado el canon 579 del Código de Derecho Canónico que antes facultaba a los obispos para erigir mediante decreto formal Institutos de Vida Consagrada o Sociedades de Vida Apostólica, dentro de los límites de la jurisdicción de su propio territorio, sin previa de la Sede Apostólica.

En cambio, ahora, por decisión del Papa a través del Motu Proprio 'Authenticum charismatis' firmado el pasado 1 de noviembre, la competencia de los Obispos diocesanos a este respecto será limitada.

"El discernimiento sobre la eclesialidad y la fiabilidad de los carismas es una responsabilidad eclesial de los pastores de las Iglesias particulares. Esto se expresa en el cuidado premuroso hacia todas las formas de vida consagrada, y, en concreto, en la decisiva evaluación sobre la oportunidad de la institución de nuevos Institutos de Vida Consagrada y nuevas Sociedades de Vida Apostólica", escribe el Papa.

"El acto de institución canónica por parte del Obispo trasciende sólo el ámbito diocesano y lo hace relevante en el vasto horizonte de la Iglesia universal", agrega.