Actualizado 17/10/2012 22:56

Uruguay.- El Senado de Uruguay aprueba la despenalización del aborto


MONTEVIDEO, 17 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Senado uruguayo ha seguido la estela de la Cámara de Diputados y ha aprobado este miércoles la despenalización del aborto, lo que allana el camino para que Uruguay se convierta en el segundo país de América Latina, después de Cuba, en legalizar las interrupciones del embarazo.

Tras más de cinco horas de debate, la norma ha salido adelante gracias a los 17 votos que sumaron el Frente Amplio y el nacionalista Jorge Saravia, según informa la prensa local. El Senado, que cuenta con un total de 31 escaños, ratifica de esta forma una ley que ya fue aprobada el mes pasado por la Cámara Baja.

El texto depende ahora de la promulgación definitiva por parte del Gobierno. En la anterior legislatura, el Poder Legislativo aprobó una iniciativa similar que fue vetada por el entonces presidente, Tabaré Vázquez.

La nueva ley despenaliza el aborto en las primeras doce semanas de gestación, si bien las mujeres deberán pasar por un proceso que comienza por explicar al médico de la sanidad pública las "circunstancias" sociales, familiares o económicas que "le impiden continuar con el embarazo en curso".

El médico debe convocar para el día siguiente una comisión de al menos tres médicos y asistentes que hablarán con la mujer sobre el proceso y sus consecuencias, con el objetivo de que tome "una decisión consciente y responsable", según recoge la ley.

A partir de esta comparecencia, se abre un periodo de cinco días de "reflexión" después de las cuales la paciente será quien tenga la decisión. El padre solo podrá tomar parte si la mujer así lo autoriza.

La ley establece que pueden abortar las personas de más de 18 años y las menores de esta edad con autorización paterna. Quienes tengan menos de 18 años y no dispongan del permiso de padres o tutores, sin embargo, pueden solicitar interrumpir el embarazo ante un juez, a quien corresponderá tomar una decisión en un plazo máximo de tres días.

El texto contempla, asimismo, casos excepcionales para abortar, como que corra "grave riesgo" la salud de la mujer o existan malformaciones en el feto incompatibles con la vida fuera del útero, informa 'El Observador'. En caso de violación, el plazo de interrupción se amplía hasta las catorce semanas de gestación.

OBJECIÓN

La nueva norma contempla que una institución pueda negarse, en base a "objeciones de ideario" ya aprobadas, a realizar los abortos, pero deberán acordar con el Ministerio de Salud Pública fórmulas alternativas para atender a sus usuarias.

En cuanto a los profesionales, sí podrán negarse a practicar abortos siempre que así lo comuniquen a los responsables de sus centros.