Actualizado 17/12/2013 22:18

Entra en vigor la ley que da poderes adicionales a Maduro

CARACAS, 20 Nov. (EUROPA PRESS) -

   La Ley Habilitante, en virtud de la cual el presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, tendrá poderes adicionales para adoptar medidas sin necesidad de contar con el Parlamento para combatir la corrupción y defender la economía del país, ha entrado en vigor este miércoles con su publicación en la Gaceta Oficial Extraordinaria.

   La Asamblea Nacional dio ayer luz verde a la medida, después de que el Gobierno consiguiera reunir los 99 votos necesarios para poder sacarla adelante. Su vigencia durará un año, durante el cual Maduro tendrá plenos poderes para dictar o reformar leyes o normas en dos ámbitos de acción: la lucha contra la corrupción y la defensa de la economía, informa la agencia oficial AVN.

   En el primero de estos ámbitos, el presidente podrá dictar decretos con rango, valor y fuerza de ley o reformar normas e instrumentos destinados a fortalecer los valores esenciales del ejercicio de la función pública, así como las normas destinadas a profundizar y fortalecer los mecanismos de sanción penal, administrativa, civil y disciplinaria.

   Asimismo, podrá dictar normas contra la legitimación de capitales; establecer mecanismos estratégicos de lucha contra potencias extranjeras que pretendan destruir el país en lo económico, político y mediático; combatir la financiación ilegal de los partidos políticos; establecer normas que eviten y sancionen la fuga de divisas; emitir disposiciones en defensa de la moneda nacional, y fortalecer el sistema financiero nacional.

   En lo que se refiere a la defensa de la economía, el mandatario podrá dictar o reformar leyes que consoliden los principios de justicia social, así como las normas que establezcan los lineamientos y estrategias para la planificación, articulación, organización y coordinación de los procedimientos, especialmente en materia de producción, importación, distribución y comercialización de los alimentos, materia prima y artículos de primera necesidad.

   Igualmente, podrá dictar o reformar las normas o las medidas destinadas a planificar y regular la economía, velar por la estabilidad monetaria y de precios; fortalecer la lucha contra el acaparamiento y la especulación que afectan a la economía nacional; regular lo concerniente a las solicitudes de divisas a objeto de evitar el uso contrario para el fin solicitado y garantizar el derecho de los ciudadanos a tener bienes y servicios seguros, de calidad y a precios justos.