Actualizado 13/10/2007 04:44

Venezuela.- El proyecto de reforma constitucional mantendrá la propiedad privada pero no la intelectual

MADRID, 13 Oct. (EUROPA PRESS) -

El proyecto de reforma constitucional de la Asamblea Constitucional de Venezuela mantendrá los atributos de la propiedad privada, pero no los beneficios económicos derivados de la propiedad intelectual, según informó ayer el diario 'El Universal'.

La redacción, que será incorporada al texto modificado del artículo 115, incluirá el siguiente agregado: "Se reconoce el uso, disfrute y disposición de los bienes, los cuales quedan sometidos a las restricciones de ley". Sin embargo, el concepto de propiedad intelectual quedará eliminado de la Carta Magna. La Comisión Mixta de la Asamblea Nacional, que revisa el proyecto de reforma, decidió modificar el artículo 98 del texto para suprimir los derechos vinculados a los "derivados económicos" de la creación cultural.

El diputado Carlos Escarrá, defensor de esta iniciativa, ofreció el argumento que guió a sus colegas para adelantar este cambio, que tampoco había sido incluido por el presidente, Hugo Chávez, en su propuesta original. "Un cosa es inventar y otra los derechos derivados de la creación. Lo que se está suprimiendo es la explotación comercial capitalista, porque eso no es derecho cultural", declaró el legislador.

"Una cosa es que tengas un hijo y otra que tú lo explotes comercialmente. La propiedad intelectual es la que tú tienes sobre una creación, ahora, los derechos económicos derivados de una propiedad intelectual son una cosa totalmente distinta", manifestó Escarrá.

El artículo 98 reza: "El Estado reconocerá y protegerá la propiedad intelectual sobre las obras científicas, literarias y artísticas, invenciones, innovaciones, denominaciones, patentes, marcas y lemas, de acuerdo con las condiciones y excepciones que establezcan la ley y los tratados internacionales suscritos y ratificados por la República en esta materia".

El artículo 191 también será modificado para permitir que los diputados a la Asamblea Nacional puedan ejercer cargos públicos sin perder su investidura. Con respecto al artículo 103, mantuvieron que "toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades" y eliminaron la expresión que decía: "sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones".

La Comisión Mixta varió la forma del artículo 90, referido a la jornada laboral. No se tocó la reducción a seis horas y se aclaró que el Estado garantizará y financiará todos los instrumentos para el mejor aprovechamiento del tiempo libre de los trabajadores.

La autonomía universitaria, contemplada en el artículo 109, continúa siendo reconocida por el Estado. Sin embargo, se plantean cambios en lo concerniente a las elecciones universitarias para mantener el voto de profesores, estudiantes, empleados y obreros, mas no el de los jubilados y los que ya no ejerzan.